Solo 11 alcaldías han solicitado inspección en puestos de pólvora, asegura Bomberos
El Cuerpo de Bomberos ha inspeccionado 42 salas de venta de pólvora a nivel nacional.
El Cuerpo de Bomberos de El Salvador notificó que solo alrededor de 11 alcaldías han solicitado inspecciones a las salas de venta de pólvora en todo el país.
Esta cantidad equivaldría a un 4.1 % de todas las municipalidades, por lo que el director del cuerpo de socorro, Edwin Chavarría, hizo el llamado a los alcaldes a cercarse a la institución para trabajar de forma coordinada, pues podrían saturarse debido a la cantidad de alcaldías que aún restan de inspeccionar, unas 251 comunas.
Chavarría explicó que es todo un proceso el que debe de cumplirse por parte de Bomberos, uno de ellos es que no deben de existir fuentes de calor como comedores, talleres, aglomeraciones, mercados, o puntos de venta colectiva, y por el contrario las salas de venta deben localizarse en lugares "amplios, seguros y que tengan completamente todas las condiciones de medidas de seguridad” para actuar si ocurre un incendio.
Caso en oriente
Durante la entrevista matutina en canal 10, el director informó que ya tuvieron un "pequeño conato” en una municipalidad del oriente del país, y sin revelar más detalles aseguró que no tenía autorización.
"Por favor señores alcaldes, con todo respeto necesitamos que en realidad coordinemos para proceder a hacer ya las inspecciones y estar listo para poder apoyarles”, externó el funcionario.
Distancia
El artículo 32 del "Reglamento para el control y regulación de artículos similares a explosivos, sustancias químicas, y productos pirotécnicos”, establece que las salas de venta serán ubicadas alejadas de centros de concentración humana, como escuelas, colegios, templos, iglesias, hospitales, clínicas de salud, terminales de buses, parques, u otros sitios recreativos y zonas residenciales.
Los minoristas se ubicarán a 10 metros de distancia, los comerciales medianos a 15 metros de distancia, y los mayoristas a 20 metros de distancia.
El artículo 36 indica que para la comercialización de los productos pirotécnicos, los vendedores temporales deberán ubicarse en lugares "autorizados por las alcaldías, previamente calificados por el Cuerpo de Bomberos y la División de Armas y Explosivos”.
¿Cómo se autorizan las salas de venta?
Según esta ley, vigente desde el 29 de mayo del 2004, las alcaldías remitirán al Cuerpo de Bomberos la nómina de personas a quienes le adjudicará los puestos de venta colectivos, a los cuales se les impartirá capacitación.
Bomberos emitirá un carné a todos los que ya hubiere capacitado, el cual tendrá vigencia de dos años, y será válido "únicamente en los lugares de venta colectivas designados por las alcaldías”.
Sin embargo, los que posean salas de venta por mayoreo permanentes, deberán obtener un permiso especial.
"Las Alcaldías remitirán al Cuerpo de Bomberos, en los primeros quince días calendario del mes de octubre el listado de lugares propuestos para la venta colectiva de productos pirotécnicos, los que serán calificados mediante inspección conjunta con la División de Armas y Explosivos y un Delegado Municipal. La distancia mínima entre las ventas de productos pirotécnicos y fuentes de ignición o lugares de concentración pública, será de 15 metros”, establece el artículo 39.
200 mil unidades
Chavarría mencionó que el año pasado decomisaron más de 200 mil unidades de pólvora ilegal y productos prohibidos.
El director también hizo el llamado a la población en general y padres de familia, para ser responsables y evitar quemaduras en niños, así como para realizar denuncias de ventas de pólvora ilegales.