TSE también declara improcedente nulidad del escrutinio legislativo solicitada por el FMLN
Jueves 22, Febrero 2024 - 11:25 AM
La segunda resolución de improcedencia tuvo cuatro votos: Dora de Barahona, Noel Orellana, Guillermo Wellman y Rubén Meléndez.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró hoy improcedente la solicitud de nulidad del escrutinio definitivo de las elecciones de diputados de las Asamblea Legislativa para el período 2024-2027 según dos fuentes internas del TSE.
Con los votos de la presidenta del TSE, Dora de Barahona, y los magistrados Noel Orellana, Rubén Meléndez y Guillermo Wellman, el organismo colegiado decidió declarar improcedente la petición de nulidad del escrutinio. El magistrado Julio Olivo no votó.
La solicitud fue presentada el lunes por el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) y alegaron fraude en los comicios legislativos.
La secretaria adjunta del FMLN, Karina Sosa, aseguró que durante el escrutinio definitivo no se confrontaron los resultados con el padrón de firmas de los salvadoreños que acudieron a votar a los centros de votación.
La Misión de Observación de la Organización de Estados Americanos (OEA), en su segundo informe preliminar, aseveró que la gran mayoría de las mesas observadas "no cotejaban el padrón de firmas con la cantidad de boletas utilizadas a pesar de que así lo dijera el instructivo”.
Sosa, por su parte, dijo el lunes que también evidenciaron incoherencias en la cantidad de papeletas marcadas y sustitución de miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV). Afirmó que "todo el proceso ha sido viciado. El papel del TSE ha sido bastante flojo”.
El escrito que presentó el FMLN ante el TSE significa, según Sosa, que hubo "fraude de la elección, cambio de papeletas de votantes por papeletas a favor del partido de gobierno”.
El Código Electoral contempla la nulidad del escrutinio por falta de notificación a los partidos del lugar y hora del escrutinio, por no cumplirse el procedimiento de ley o por falsedad de los datos o resultados consignados en las actas o en los documentos que sirvieron como base para el escrutinio final y que variaron el resultado de la elección.