El Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador encontró responsables civilmente al expresidente de la República Elías Antonio Saca González, y a los empresarios Juan Wright Castro y Gerardo Balzaretti, del desvío de $10 millones donados por Taiwán a El Salvador entre 2003 y 2004.

A los tres, los condenó a pagar al Estado en concepto de responsabilidad civil $10 millones, divididos: $6 millones deberán ser devueltos por Antonio Saca, y los empresarios deberán pagar $2 millones cada uno.

Los tres fueron encontrados culpables del delito de lavado de dinero y activos propiciado, por el peculado que supuestamente cometió el expresidente Francisco Flores, en cuatro cheques que recibió del gobierno de Taiwán, entre 2003 y 2004, para la reconstrucción del país luego de los terremotos ocurridos en el 2001.
El juzgado Segundo de Instrucción ha dicho que ha tenido por establecido el delito de lavado de dinero y activo cometido por los tres y los ha condenado al pago de la responsabilidad civil derivado del delito por $10 millones”. Fiscal del caso.

Juan Wrigth con su abogado Arnau Baulenas. / Cortesía.

Los argumentos


La jueza justificó su resolución en que el expresidente Saca se benefició de esos fondos al financiar la campaña política que lo llevó a la presidencia de la República entre 2004 y 2009; mientras que Balzaretti fue el principal actor de la apertura de la cuenta en Costa Rica, de donde se sustrajeron los fondos públicos y Wright Castro por no haber hecho nada para detener la irregularidad, tras dirigir el Centro de Estudios Políticos José Antonio Rodriguez Porth.

Pero la juzgadora afirmó que en este defalco millonario no solo los tres condenados civilmente participaron sino otras personas más y recriminó a la Fiscalía por no investigarlas.

Según la resolución, la juzgadora afirmó que quedó establecido, con abundante prueba, que Taiwán aprobó nueve proyectos, que tenían como fin beneficiar a la población salvadoreña, que había quedado sin sus casas por los terremotos.

Por el contrario, dijo la jueza que el expresidente Flores los endosó y los mandó a depositar a una cuenta de ahorro abierta en el banco Cuscatlán en Costa Rica a nombre del Centro de Estudios Políticos José Antonio Rodriguez Porth y que luego, esos fondos fueron transferidos a la cuenta del Consejo Ejecutivo Nacional (Coena) en otra cuenta del banco Cuscatlán de El Salvador y de ahí se giraron fondos a diferentes cuentas.
Quedó establecida la relación que hubo entre el banco Cuscatlán en Costa Rica y el banco Cuscatlán de El Salvador para el manejo de los fondos”. Jueza Segunda de Instrucción de San Salvador.

Detalló que de los nueve proyectos financiados por el gobierno asiático a El Salvador solo se realizaron cuatro y cinco quedaron sin ejecutar, pese a tener el contenido económico para ello.

La jueza concluyó que toda la documentación que probaba el delito cometido: la copia de los cuatro cheques, el acta con las firmas autorizadas de los acusados para manejar fondos en poder del banco Cuscatlán y que los defensores dijeron que no tenían valor legal, argumentó que sí, porque estaban respaldadas por el Código de Comercio, las leyes de bancos, de la Superintendencia del Sistema Financiero y además estaban firmados y sellados por notarios y autoridades competentes en Costa Rica.

“Había que tener en cuenta la naturaleza de los documentos y su procedencia, pero esos documentos reúnen los requisitos de forma y fondo de correspondencia de los Estados a través de sus sedes diplomáticas”, detalló la jueza para dar credibilidad a los documentos que aportó la embajada de Taiwán en El Salvador en este proceso.


Defensa cuestiona fallo


El abogado del empresario Juan Wright, Baulenas Arnau, no estuvo de acuerdo con la resolución y afirmó que “el estado de derecho cada vez se parece menos estado de derecho, el fallo que acabamos de escuchar es una auténtica aberración jurídica”.

Baulenas cuestionó que la jueza sustentara el origen del delito, con el desvío de los $10 millones del expresidente Francisco Flores; “En ningún país del mundo se puede determinar la responsabilidad de un muerto, más cuando el muerto ya fue juzgado y sus herederos fueron absueltos, en el origen no se determinó que los fondos China Taiwán fueran para El Salvador”, señaló el abogado.
Jurídicamente es inaudito que se esté responsabilizando a una persona que ya murió y que además ya fue juzgado por este caso, se pudo fundamentar de otra forma”. Arnau Baulenas, defensor de Juan Wright.