Cada año, los partidos políticos reciben por Constitución de la República, fondo público para sus campañas electorales.


El Ministerio de Hacienda declaró por primera vez reservada la información sobre el financiamiento público que reciben los partidos políticos en El Salvador. Estos fondos son conocidos popularmente como deuda política, porque después de entregarlo por adelantado se convierte en una deuda de Hacienda a los partidos o de los partidos a Hacienda, dependiendo de cuántos votos obtengan.

La organización Acción Ciudadana (AC) había solicitado que le informaran los partidos que solicitaron la deuda política correspondiente al proceso electoral 2021 –que implicó la erogación de más de $20 millones– las resoluciones del Ministerio de Hacienda y los montos entregados con sus fechas.

La Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda respondió en la nota DAJ/N-357/DV/2021, del 21 de julio de 2021, que lo solicitado “corresponde a información clasificada como reservada de conformidad a lo establecido en el artículo 19” de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

El artículo 19 de la LAIP establece 8 razones para declarar una información reservada: planes militares secretos, si perjudica la defensa nacional, si pone en peligro la vida, si tiene opiniones en proceso de deliberación de servidores públicos, si daña la investigación de delitos, si compromete estrategias de procesos judiciales o si genera ventaja indebida contra un tercero.
Esta información no necesitaría una solicitud, la ley le obliga al Ministerio tenerla a disposición, pues son fondos públicos”. Xenia Hernández, directora ejecutiva de DTJ

“Ilegal”.


Para Xenia Hernández, especialista en acceso a la información pública, se trata de un abuso ilegal y arbitrario de reserva de información pública que, prevé, no será castigado porque el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ya está “cooptado”.

Explica que, para obtener la información de la deuda política de los partidos políticos “no se necesitaría solicitud”, ya que la LAIP obliga al Ministerio de Hacienda divulgar esta información, pues son fondos públicos.

Hernández, directora de la fundación Democracia, Transparencia y Justicia (DTJ), cita el artículo 10 de la LAIP: “El Ministerio de Hacienda deberá publicar los montos que se otorguen a los partidos políticos en concepto de deuda política”.

“Es la misma ley la que obliga a que el Ministerio entregue información sobre los montos de deuda política. Por este tipo de razones era la necesidad de cooptar el IAIP”, dijo.


Pública.


El Ministerio de Hacienda siempre daba a conocer la distribución de la deuda política en años anteriores. En su sitio web tiene de manera pública la información desde 2017 actualizada hasta abril de 2021. Años atrás, el sitio web disponía de datos de deuda política desde 1994.

El 22 de abril de 2021, ante una solicitud de Diario El Mundo, Hacienda respondió que no se encontraron solicitudes de pago de deuda política y que por ello no existen montos adeudados.

 

$20 millones en 2021.


El presupuesto votado de la deuda política creció más de $15 millones en 2021. El Ministerio de Hacienda programó para el año 2021 un total de $5,098,172 para “1411 Pago de Deuda Política 2021”, el financiamiento público que realiza el Gobierno a los partidos para las campañas electorales.

Sin embargo, este presupuesto fue modificado, aumentándole a esta línea presupuestaria un total de $15,198,540, dejando un total de disponible $20,296,712 para el año.

Hasta agosto, Hacienda informó que ya ejecutó $20,170,950.16 de estos fondos, es decir, ya gastó dicho dinero para su destino.

Sin embargo, la modificación presupuestaria se realizó mediante varios pasos. Primero, hubo una modificación a la baja, restándole $5,098,172 en marzo de 2021.

En junio, cuatro meses después de las elecciones municipales y legislativas, a dicha cuenta se le aumentó $18,418,271.43. En julio, aumentó $1,752,678.73; y en septiembre aumentó $125,761.84, totalizando un presupuesto total de $20,296,712 para los partidos políticos.

 

El dato


El artículo 10 de la Ley de Acceso a la Información Pública indica que Hacienda “deberá publicar los montos que se otorguen a los partidos políticos”.

 

3 datos que debes de conocer



  1. Es ordenada por la ley


El artículo 55 de la Ley de Partidos establece que cada entidad política tiene derecho a solicitar anticipo de la deuda.

 

  1. ¿Cuál es el objetivo?


La lógica original del financiamiento público es evitar financiamiento ilícito o influencias privadas en decisiones públicas.

 

  1. Sistema mixto en el salvador


En El Salvador se permite el financiamiento público y privado a los partidos, pero la ley les obliga a rendir cuentas.