El magistrado desaforado, Eduardo Jaime Escalante Díaz, enfrentará el proceso penal en libertad por la supuesta agresión sexual en perjuicio de una menor de diez años; ayer, la Cámara Primera de lo Penal impuso medidas alternas en lugar de enviarlo a prisión como la Fiscalía General de la República lo pidió.

Al momento de resolver sobre las medidas alternas a la detención, el magistrado Martín Rogel hizo un análisis y dijo que como Cámara “tenemos un hecho confuso que necesita esclarecimiento”.

Junto al magistrado presidente Guillermo Arévalo Domínguez, Rogel manifestó que decidieron modificar el delito y quitarle la agravante, dejándolo solo como una agresión sexual en menor, “es una calificación provisional, cuando vemos el tipo penal, es un tipo penal alternativo”, sostuvo.

Destacó que no toda autoridad pública incurre en una agravante y que en este caso, Escalante Díaz no estaba en funciones de autoridad cuando cometió supuestamente el hecho.

Bajo esa fundamentación, los magistrados de la Cámara resolvieron imponerle una fianza de $10 mil, presentarse a firmar cada 30 días mientras dure la etapa de instrucción y no salir del país; para que esta última medida se cumpla ordenaron que dos pasaportes del imputado quedaran en poder de ese tribunal superior.

Para la Cámara, decretarle la detención provisional solicitada por la Fiscalía significaba ir en contra de los artículos 11 y 12 de la Constitución de la República, que hablan que ninguna persona puede ser privada de libertad sin ser previamente oída y vencida en juicio, y mandarlo a prisión resultaba una medida “excesiva”, sobre todo porque presentó suficiente arraigo familiar, domiciliar y laboral.

El Ministerio Público planteó que el imputado, al estar en libertad, podía sustraerse de la justicia y entorpecer la investigación, mientras que Mario Machado, su defensor, sostuvo que desde el principio se sometió al proceso y además la Fiscalía está dando por cierto los hechos que la misma cámara ha calificado de confusos.

Machado también cuestionó que el Ministerio Público no haya entrevistado a la persona que supuestamente vio el hecho, sino a otras personas que conocieron del caso porque les contaron, es decir, que son testigos referenciales y no presenciales.

La supuesta agresión sexual ocurrió el pasado 18 de febrero a eso de las 5:30 p.m., en la residencial Altavista, Ilopango, al oriente de San Salvador, cuando una persona dijo a la madre de la víctima que un sujeto le había tocado la parte genital a su hija, razón por la cual, la progenitora de la menor le dio persecución y lo identificó para denunciarlo y llamar al 911 para que el imputado fuera detenido. El 4 de marzo, Escalante Díaz fue desaforado por la Asamblea.