El término de tercer país seguro tiene su origen en los principios de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Básicamente consiste en que cuando una persona huya de su país (por ejemplo de El Salvador), y solicita asilo en otro (por ejemplo en Estados Unidos), y, cuando este segundo país se niega a concederlo, remite a esta persona a un tercer Estado que sea considerado seguro.

No obstante, según establece la Convención de Ginebra, los países seguros deben cumplir las condiciones mínimas para obtener este estatuto. Entre ellas, la denominada «no devolución» que consiste en garantizar que las personas solicitantes de asilo no sean devueltos a su país de origen. Además, el país receptor debe garantizar los derechos de vivienda, reunificación familiar, acceso a los servicios médicos, educación, empleo, seguridad social, entre otros. Por tanto, no cualquier país reúne las condiciones para ser considerado como tal, pues para ello debe brindar la seguridad (en un sentido amplio de derechos), necesaria para garantizar una vida digna a todas las personas sin distinción.

Paradójicamente, a finales de julio el gobierno estadounidense firmó un acuerdo con Guatemala para que este funcione como tercer país seguro. Dicho acuerdo aún no entra en vigor debido a que no ha sido ratificado por el congreso guatemalteco; no obstante, de entrar en vigencia tendría una duración de dos años prorrogables y cubriría a los migrantes procedentes de Honduras y El Salvador. Con ello, las personas que huyen de estos países estarán obligadas a solicitar asilo en Guatemala, pese a que se trata de un país que no reúne las condiciones mínimas necesarias para ser considerado un país seguro para los migrantes. Es más, ni siquiera es seguro para sus propios ciudadanos que también se ven obligados a huir del hambre, la pobreza, la desigualdad y la violencia.

Así, el tercer país seguro promovido por la administración de Donald Trump resulta una falacia y banaliza el alcance originario de dicho término, además de que revictimiza a las personas migrantes. Esto porque también, las personas que logren llegar a Estados Unidos y sean detenidas (incluidos niñas, niños y adolescentes que viajen solos), serán deportadas a Guatemala mientras se resuelva la solicitud de asilo.

Saco a colación el tema dado que, según información publicada el 9 de septiembre por BuzzFeed News, la casa blanca estadounidense ha ordenado a los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional que antes del 1 de octubre aseguren acuerdos de estilo de tercer país seguro con Honduras y El Salvador. En consecuencia, también cabe la posibilidad de que la firma de acuerdos de tercer país seguro sea extensiva para estos países.

Por tanto, hoy más que nunca es necesario que el gobierno salvadoreño transparente cualquier negociación que al respecto sostenga con el gobierno de los Estados Unidos. Pero sobre todo, es urgente que defina soluciones integrales y estructurales para atender el problema de la migración.

En consecuencia, exijamos que el Estado salvadoreño, en primera instancia, resuelva los graves problemas fiscales que afectan al país y que condicionan cualquier posibilidad de desarrollo e inclusión para su población. En segunda instancia, que garantice las condiciones económicas, sociales, políticas y culturales que favorezcan el logro de los Objetivos del Desarrollo Sostenible, dado que de ello depende la garantía de al menos un piso mínimo de bienestar, necesario para lograr una sociedad más inclusiva. Y en tercera instancia, que el gobierno actual asuma una posición de diálogo abierto, diverso, transparente e inclusivo en la toma de decisiones referidas a estos grandes temas de Estado y democracia.