La Ley de Navegación aprobada en 2023 otorgó la competencia a la Marina Nacional de controlar las actividades portuarias y le entregó funciones que estaban atribuidas a la Autoridad Marítima Portuaria.
Los servicios portuarios son ayudas a la navegación, remolcaje, estadía, uso de muelles por las naves o la carga, uso de bodegas, despacho de cargas, almacenamiento, trasbordo, remoción de carga, entre otros.
De acuerdo con el decreto, la globalización de los mercados y la competencia portuaria regional, así como nuevos marcos normativos marítimos y portuarios, exigen que la administración y operación de puertos se realicen de acuerdo con "requerimientos modernos e integrados del derecho y la costumbre marítima internacional".
El reglamento exonera de las tarifas el uso de servicios portuarios por los buques de la Marina Nacional de El Salvador y buques de guerra extranjeros.
Según el reglamento, la política tarifaria busca propiciar "costos razonables para los usuarios de los servicios portuarios" y contribuir a facilitar "el comercio internacional y al transporte marítimo".
Las tarifas incluirán: costos directos e indirectos de las operaciones portuarias, costos financieros de inversiones, canon de la concesión, contribución del operador a la Autoridad Marítima, costos de nuevas inversiones, provisión de reservas autorizadas por la Autoridad, y margen de utilidad y rentabilidad. Estas deberán establecerse "en dólares de los Estados Unidos de América de concordancia con la Ley de Integración Monetaria".
La Asamblea aprobó una nueva Ley de Navegación mediante la cual todas las actividades de supervisión, control y vigilancia, navegación y régimen portuario del país pasaron a ser controladas y administradas por la Defensa Nacional, a través de la Marina Nacional. La Marina Nacional es la autoridad marítima del Estado salvadoreño en sustitución a la Autoridad Marítima Portuaria (AMP) que está adscrita al Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT).