Humberto Sáenz, presidente de Comisión Regularizadora de la FESFUT, habló en el programa radial “La Tribu FM” sobre las condiciones que deben garantizar los clubes de la liga mayor para poder adquirir la licencia respectiva para participar en los torneos domésticos e internacionales.

Sáenz, señaló que este tipo de normativa debió existir desde años atrás. “Lo que existía en la FESFUT desde hace más de 40 años era un administración presidencialista; en donde las decisiones las tomaba básicamente quien estaba a la cabeza de la federación”.



También, apuntó que cuando comenzaron a crear estas bases reglamentarias en abril, los representantes de Primera División no le brindaban el interés adecuado. “A mediados de abril le comunicamos a los equipos de primera sobre la licencia. Creo que no le estaban prestando la importancia que nosotros (como comisión) sí le estábamos dando”.

El “Reglamento de Licencias” expone en el capítulo IV que la aprobación o negación de las licencias a los clubes serán dictaminadas por un Comité de Licencias en primera instancia y el Tribunal de Apelaciones en segunda instancia. Este nuevo comité tendrá un periodo de cuatro años. Entre las responsabilidades del Comité, existe un estricto llamado a la igualdad de trato y confidencialidad. El artículo 13, precisa:

“El Comité de Licencias, velará por la igualdad de trato entre todos los solicitantes de licencia en el transcurso del procedimiento y garantizará al solicitante de licencia plena confidencialidad de toda la información presentada en el proceso de solicitud de licencia. En caso de terceros involucrados en el proceso que hayan sido designados por el Comité de Licencias y/o la FESFUT deberán igualmente guardar la confidencialidad de la información que conozca en el ejercicio de sus labores”.

El capítulo V expresa que existen dos tipos de licencia para los clubes: una doméstica (para los equipos que cumplan con los requisitos del reglamento) y una licencia regional (para los equipos de Primera División que participen en competiciones de CONCACAF). Todas las licencias tendrán una vigencia de una temporada (apertura y clausura); sin embargo, estas pueden ser retiradas durante la temporada si:

“El licenciatario infringe alguna de sus obligaciones, según el Reglamento para la Concesión de Licencias de Clubes”, decreta el artículo 17, inciso ‘c’.

La licencia doméstica para equipos de Primera División tendrá un costo de $500, mientras que la licencia regional costará $1000.

En el capítulo VI, se detallan todas las exigencias referentes a los criterios de infraestructura, iluminación, instalaciones de entrenamiento para los equipos, criterios deportivos, contratos de jugadores profesionales, los criterios administrativos, financieros y legales para cada club.

Entre los cambios más relevantes para cada equipo que solicite una licencia, están:
-Cada equipo “deberá inscribir un Estadio sede y un Estadio alterno desde los cuales desempeñará sus actividades deportivas y además jugará como local en las competiciones oficiales” (artículo 24).

-Tener una gramilla natural o sintética en buenas condiciones, cuyas dimensiones y marcación deben corresponder a las establecidas en las Reglas de Juego por la International Football Association Board (IFAB).

-Cada club deberá contar con servicio sanitarios para aficionados, equipos locales y visitantes.

-Cada equipo tendrá que tener equipos en las las siguientes categorías: equipo feminino, categoría U20, (Reserva) Categoría, U17 Categoría, U15 Categoría U13.

-Los contratos de los jugadores deberán contar con las siguientes exigencias (con base en los estatutos FIFA para los contratos de jugadores):

“El contrato deberá contener como mínimo indicación expresa del plazo de vigencia, monto de honorarios y demás rubros percibidos por el jugador (habitación, alimentación, transporte, premios, bonificaciones y demás prestaciones que recibe el jugador por el servicio prestado), obligaciones de las partes, modo de resolución de conflictos, medio de notificaciones”.