A partir de este 20 de mayo de 2022 inició la vigencia de la Ley de Protección y Bienestar Animal, que establece obligaciones en su cuido y protección, así como sanciones en el caso de incumplimiento a la normativa.

Esta ley se aprobó el 25 de enero de 2022 y estableció que iniciaría su vigencia 60 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial. Se publicó el 16 de febrero de 2022, por lo que la vigencia inició este viernes 20 de mayo.



“Buenos días a todos, menos a quienes maltratan a los animales. A ellos, les recuerdo que hoy entra en vigor la ley que garantiza su bienestar, que los protegerá y velará por el buen cuido de los animales de compañía y silvestres”, publicó en Twitter la diputada de Nuevas Ideas, Sandra Martínez.

Los animales de compañía según la ley son los perros, gatos u otros animales domésticos, comúnmente denominados también como “mascotas”, que por su condición natural conviven en compañía y dependencia del ser humano.

¿Cuáles son las multas de la ley de protección animal?

La ley impone sanciones por infracciones leves, graves y muy graves desde 1 ($365) hasta 10 salarios mínimos del sector comercio y servicios ($3,650). Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa entre 7 ($2,555) hasta 10 ($3,650) salarios mínimos, por cometer acciones como:

· Abandonar a un animal de compañía dentro de un bien inmueble o en la vía pública.

· Sacrificarlos sin cumplir las condiciones o requisitos que la ley dicta.

· No proveerles agua y alimento en perjuicio de su salud.

· Suministrarles deliberadamente alimentos o medicamentos que contengan sustancias que pueden provocarles el sufrimiento o la muerte

· Promover peleas de perros u otros animales, entre otras.

· "Causar conflictos vecinales” debido al trato inadecuado de los animales de compañía, a la contaminación sonora que generen, o por no realizar oportuna ni diligentemente la limpieza y recolección de heces de dichos animales en sitios públicos y privados” será sancionado con multa entre 4 a 6 salarios mínimos.

Alcaldías tienen 30 días

Sin embargo, para la imposición se multas, se requiere que las alcaldías emitan ordenanzas. La competencia para la aplicación y sanción de las infracciones está encomendada a las municipalidades.

A partir de la entrada en vigencia de la ley, las alcaldías tienen 30 días hábiles para aprobar las ordenanzas que regulen los procedimientos administrativos sancionatorios o adecuar las ordenanzas vigentes con lo dispuesto en la ley.

Restricción en ciertos lugares

La ley prohíbe el acceso y permanencia de todo tipo de animales de compañía en el interior de los locales destinados a la producción, fabricación y distribución de alimentos o productos relacionados con la salud humana.

Pero en el resto de locales y establecimientos, incluyendo restaurantes, y las oficinas gubernamentales, “podrán reservarse, de manera discrecional, la admisión de animales de compañía en su interior”. Y en caso de no admitirlos deberá mostrar un distintivo visible en el exterior de las instalaciones.

“En el caso de los animales callejeros, abandonados y/o en situación de riesgo que frecuenten estos lugares, esta restricción no implica ejercer maltrato, crueldad o sufrimiento”, dice el inciso tercero del artículo 35.

Animales peligrosos

La nueva normativa prohíbe la cría, la hibridación y el adiestramiento de animales de compañía con el propósito de aumentar su peligrosidad.

Las personas que tienen animales entrenados con fines de defensa deben tomar precauciones adicionales para evitar riesgos de mordeduras.

“Los animales de compañía que presenten problemas de socialización, deberán pasear con bozal, correa o pechera adecuada para sus características físicas”, dice la ley.

¿Qué otras obligaciones tienen los responsables de los animales de compañía?

· Proteger y promover el bienestar y no provocar maltrato, crueldad o sufrimiento a los animales.

· Mantener al animal con bienestar, en condiciones físicas y sanitarias adecuadas, conservando un número apropiado de mascotas de acuerdo al espacio físico del lugar donde se encuentre, para evitar el hacinamiento, proporcionándole alojamiento, alimento, agua y abrigo según su especie.

· No abandonarlos.

· Inmunizarlo contra enfermedades de riesgo zoonótico y protegerlo de las enfermedades propias de su especie.

· Llevar el control de vacunación a través de una cartilla o constancia, física o digital, autorizada por médico veterinario.

· Limitar el control de la reproducción de sus animales de compañía, según sus posibilidades económicas y de cuido.

· Identificar a su animal de compañía mediante una placa o microchip.

· Responder por los daños y perjuicios que el animal ocasione en un tercero, ya sea en su persona o en sus bienes, así como a otros animales.

· Realizar una adecuada disposición final de los animales de compañía muertos, cuyo procedimiento se establecerá en los reglamentos de la presente Ley.

· Las demás obligaciones establecidas en esta Ley, otras Leyes, Reglamentos u Ordenanzas Municipales.