Alac denuncia a funcionarios del TSE por no divulgar información oficiosa

Martes 06, Diciembre 2022 - 3:35 AM
Los cinco magistrados del TSE fueron denunciados por Alac./ DEM
El Centro de Asesoría Legal anticorrupción de El Salvador (Alac) interpuso una denuncia contra los cinco Magistrados propietarios y el Oficial de Información del Tribunal Supremo Electoral (TSE) por no divulgar las actas del Organismo Colegiado en cumplimiento a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP). Ante la denuncia, una fuente interna al TSE aseguró a Diario El Mundo que el Organismo Colegiado considera que es un derecho de los ciudadanos y organizaciones denunciar a funcionarios si lo consideran conveniente. Aseguró que el Tribunal está trabajando en la renovación del sitio web y que en los próximos días subirán las actas correspondientes, con la información que la ley les permite divulgar. El director de Alac, Wilson Sandoval, aseveró que la falta de divulgación de información oficiosa dificulta conocer el quehacer el organismo colegiado y de la toma de decisiones para las elecciones de 2024, en las que por primera vez se implementará el voto remoto por internet y el electrónico presencial. Es por ello que Alac decidió denunciar a los cinco magistrados: Dora de Barahona, Guillermo Wellman, Noel Orellana, Rubén Meléndez y Julio Olivo y, al oficial de información del TSE, Duque Mártir Deras, ante el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

Falta grave.

En la denuncia interpuesta el 2 de diciembre, la organización señala que según la LAIP, los funcionarios incurrieron en una "falta grave”, al no actualizar el registro de actas y, pide a los Comisionados del Instituto que los sancionen. La LAIP establece en el artículo 10 numeral 25, que "los organismos colegiados deben hacer públicas sus actas de sesiones ordinarias y extraordinarias” a excepción de aquellos aspectos que se declaren reservados de acuerdo a la ley. La fuente del TSE argumentó que se debe a está excepción de la ley que el proceso de divulgación de las actas se vuelva lento, pues cada acta debe revisarse y, eliminar los datos que según la ley son reservados. Según el artículo 76 de la misma normativa, especifica que son faltas graves "actuar con negligencia en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información o en la difusión de la información a que están obligados”. La LAIP establece que las sanciones por dicha infracción que ALAC atribuye al TSE, van de 10 a 18 salaríos mínimos, es decir, de los $3,650 hasta $6,570.