Aplicarán justicia transicional para resolver primer juicio de guerra

Lunes 19, Julio 2021 - 6:00 AM
Armando Durán.
A propuesta de un juez de menores de San Miguel, el juicio del secuestro de Armando Durán, ocurrido entre 1986 y 1987, podría resolverse a través de la conciliación, aplicando los parámetros de justicia transicional y restaurativa, en los próximos días.El pasado 6 de julio, tanto la víctima del secuestro como el único victimario y autor material procesado, aceptaron al juez la propuesta de resolver el caso por esta vía, tras cinco años de búsqueda de justicia."Declarar la interrupción del desarrollo de la vista de la causa, a efecto que de inmediato, se inicie el proceso de conciliación al que deberá integrarse al estándar de justicia transicional y de restauración que requiere la connotación del presente proceso que hoy se conoce”, señala la resolución del juez.Con esto, el juez abre paso a un proceso inédito en la justicia salvadoreña: lograr verdad, justicia, reparación y garantizar que el hecho no vuelva a repetirse, para mantener la reconciliación de las partes.Además, el hecho puede implicar el victimario relate el hecho y pida perdón a la víctima y su familia, públicamente.Pero ¿en qué consiste la justicia transicional? El Centro Internacional de Justicia Transicional (CIJT) la define como los procesos en que los países o sociedades dejan atrás periodos de conflicto y represión, para enfrentarse a violaciones de derechos humanos masivas o sistemáticas, de tal magnitud y gravedad que el sistema judicial convencional no puede darles una respuesta adecuada.La justicia transicional reconoce la dignidad de las víctimas y emana de la rendición de cuentas y de la reparación de las víctimas, según el CIJT.Tras 29 años de la firma de los Acuerdos de Paz, este se convertiría en el primer proceso judicial por un crimen de guerra, que llegaría a su fin, sentando un precedente de justicia y no repetición para el resto de procesos. 

Un juicio de cinco años.

Este proceso judicial inició en 2016, tras la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General que impedía la investigación de crímenes ocurridos durante el conflicto armado.Armando Durán fue la primera víctima en denunciar ante la Fiscalía General de la República, un secuestro sufrido a manos del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) en diciembre de 1986 y cuya liberación ocurrió en enero de 1987, tras la negociación con la familia de la víctima.El ERP es una de las cinco organizaciones que conformaron el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), la organización de la guerrilla salvadoreña.Pero Durán no solo denunció su secuestro contra los autores materiales, menores de edad en ese momento, sino también contra los autores intelectuales: la comandancia general del FMLN.Entre los denunciados que aún no han sido procesados están: Schafick Hándal, Joaquín Villalobos, Francisco Jovel, Eduardo Sancho y al expresidente de la República, Salvador Sánchez Cerén.El acusado en el proceso tenía 17 años de edad, al momento de cometer el delito, por ello el proceso se ha llevado en un juzgado de menores, con reserva de su identidad. Según el relato de Durán, el imputado lo vigiló durante sus días de cautiverio.Durán permaneció 37 días cautivo en los campamentos guerrilleros del ERP, en Usulután, y era constantemente movido de lugar, debido a los bombardeos de la Fuerza Armada.En su denuncia a la Fiscalía, Durán dijo que los guerrilleros del ERP pusieron su vida en peligro siempre, pues en lugares cercanos a él, fabricaban bombas y armas para atacar a la Fuerza Armada.Durán fue liberado, luego que su familia entregara dinero, dos plantas eléctricas, dos máquinas para hacer esténcil, 15 piezas de tela verde olivo y 30 vacunas antitetánicas.Durante las fases del proceso judicial acusado por secuestro, los jueces y cámaras superiores reconocieron el delito como de lesa humanidad, esto permite que el caso no prescriba y pueda someterse al proceso de justicia transicional. 
    El Juzgado de Menores de San Miguel inicia un proceso de conciliación y juicio transicional en el primer juicio de guerra.