Aprueban no prescripción de delitos de corrupción con aplicación retroactiva

Jueves 02, Septiembre 2021 - 6:00 AM

Diputados de Nuevas Ideas votan a favor de una reforma al artículo 32 del Código Procesal Penal para ampliar el listado de delitos no prescriptibles.

La Comisión de Legislación de la Asamblea votó por la reforma.
La Asamblea Legislativa aprobará una reforma al artículo 32 del Código Procesal Penal para que un listado de 13 delitos de corrupción siempre puedan ser investigados a futuro, independientemente del tiempo que pase, y de manera retroactiva, independientemente de cuándo hayan sido supuestamente cometidos.La reforma exceptúa estos delitos en la posibilidad de que entren en prescripción debido a la "inactividad en el proceso”, como lo permitía el artículo 34 no reformado.La Comisión de Legislación votó a favor de la reforma, que se aprobará por el pleno legislativo en la sesión plenaria del próximo martes 7 de septiembre, el día de la vigencia de la Ley Bitcoin.

Los delitos.

Los delitos que no prescribirán son: peculado, peculado por culpa, concusión, negociaciones ilícitas, exacción, cohecho propio, cohecho impropio, malversación, enriquecimiento ilícito, infidelidad en la custodia de registros o documentos públicos, cohecho activo, soborno transnacional y tráfico de influencias.La diputada Rebeca Santos elogió la propuesta leída, la cual no sufrió cambios en el desarrollo de la comisión. Santos dijo que la Comisión de Legislación "está lista para poder ir tras los corruptos” ya sea que estos se encuentren en Honduras, Nicaragua, Guatemala, México o en cualquier lugar del país.Anunció que el viernes tendrán "más noticias en combate a la corrupción”. 

Retroactividad.

La no prescripción de delitos de corrupción será considerado de "orden público”, lo cual implica que se deberá aplicar "independientemente de la fecha en que se hayan cometido los hechos”.La retroactividad implica la posibilidad de investigación y proceso penal a hechos del pasado, independientemente de la fecha en que se haya cometido. El Departamento de Estudios Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico Social (Fusades), estudiosos del tema, la retroactividad sería inconstitucional, porque el artículo 15 de la Constitución dice que "nadie puede ser juzgado sino conforme a las leyes promulgadas con anterioridad al hecho de que se trate” y que la "retroactividad” solo es posible en materia penal si es favorable al imputado. 

El contexto.

La reforma se dará una semana después de la reforma a la Ley de la Carrera Judicial y a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República para dar una amplia facultad a la Corte Suprema de Justicia y Fiscalía General de la Repúblia, afines al Ejecutivo, de trasladar jueces, magistrados y fiscales, dando la facultad de nombrar nuevos funcionarios en lugar de todos los mayores de 60 años.La actual Asamblea Legislativa ha elegido a 10 de los 15 magistrados de la Corte Plena, al haber destituido a la Sala de lo Constitucional que concluía en 2027.

El dato

Gustavo Villatoro, ministro de Seguridad, solicitó, el 27 de julio de 2021, la imprescriptibilidad de delitos de corrupción con efectos retroactivos, ante la Asamblea Legislativa.