Así quedan las banderas en las papeletas para las elecciones 2018

Miércoles 10, Enero 2018 - 11:20 AM
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) llevó a cabo el sorteo de posición de banderas o emblemas esta mañana. Y las posiciones de las banderas para las elecciones 2018, tanto para diputados como para alcaldes quedó de la siguiente manera:
Foto Óscar Machón / DEM
La legislativa: posicione de izquierda a derecha CD, Arena, PSD, FPS, FMLN, PDC, Gana y por último PCN. Abajo de ellas aparecerán los rostros de los candidatos, de acuerdo con el orden establecido por los institutos políticos, luego de sus elecciones internas.
Foto Óscar Machón / DEM
Concejos municipales: posiciones se izquierda a derecha en la fila : Gana, PSP, Arena y Democracia Salvadoreña. En la fila dos quedarán las banderas de CD y PDC. Por último, en la tercera fila aparecerán las banderas FMLN, FPS, PCN y PSD.
Foto Óscar Machón / DEM
Cada bandera se imprimirá también a la par de las fotografías y nombres de sus respectivos candidatos o candidatas a la Asamblea Legislativa propietario y el nombre de sus respectivos suplentes en el orden que fueron presentados por los partidos. CADA BANDERA SE IMPRIMIRÁ TAMBIÉN A LA PAR DE LAS FOTOGRAFÍAS Y NOMBRES DE SUS RESPECTIVOS CANDIDATOS O CANDIDATAS A DIPUTADO O DIPUTADA PROPIETARIA, Y EL NOMBRE DE SUS RESPECTIVOS SUPLENTES EN EL ORDEN EN QUE FUERON PRESENTADOS POR SUS RESPECTIVOS PARTIDOS O COALICIONES, DE CONFORMIDAD AL RESULTADO DE SUS ELECCIONES INTERNAS;Los representantes de cada partido político fue el encargado de sacar una bola de la tómbola, la cual contenía los números de las posiciones de las banderas para cada elección.El sorteo tuvo lugar en las instalaciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE).Esta actividad cumple con el Artículo 186 del Código Electoral: PARA LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y AL PARLAMENTO CENTROAMERICANO, EN LA ELABORACIÓN DE LAS PAPELETAS SE OBSERVARÁN, ADEMÁS, LAS REGLAS SIGUIENTES:a-EN EL FRENTE Y EN LA PARTE SUPERIOR DE LA PAPELETA SE INDICARÁ EL NÚMERO MÁXIMO DE MARCAS QUE PUEDE REALIZAR EL ELECTOR, SEGÚN CORRESPONDA A LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL RESPECTIVA;b-A CONTINUACIÓN, IRÁN IMPRESOS LOS NOMBRES Y LAS BANDERAS DE CADA PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN CONTENDIENTE EN EL ORDEN QUE RESULTE DE UN SORTEO PREVIAMENTE REALIZADO CON PRESENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE PARTIDOS O COALICIONES, ANTE EL TRIBUNAL, EN LA FECHA QUE ÉSTE INDIQUE. CADA BANDERA SE IMPRIMIRÁ TAMBIÉN A LA PAR DE LAS FOTOGRAFÍAS Y NOMBRES DE SUS RESPECTIVOS CANDIDATOS O CANDIDATAS A DIPUTADO O DIPUTADA PROPIETARIA, Y EL NOMBRE DE SUS RESPECTIVOS SUPLENTES EN EL ORDEN EN QUE FUERON PRESENTADOS POR SUS RESPECTIVOS PARTIDOS O COALICIONES, DE CONFORMIDAD AL RESULTADO DE SUS ELECCIONES INTERNAS;c-CADA CANDIDATURA PROPIETARIA CON SU RESPECTIVO SUPLENTE, SERÁ NUMERADA CORRELATIVAMENTE, POR PARTIDO POLÍTICO;d-LOS ESPACIOS QUE DE ACUERDO AL SORTEO, FUERON ASIGNADOS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS O COALICIONES QUE NO INSCRIBAN CANDIDATURAS, SERÁN ELIMINADOS Y SE REDISTRIBUIRÁN CON EL OBJETIVO DE MANTENER LA PROPORCIONALIDAD DE LAS COLUMNAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS O COALICIONES CONTENDIENTES EN LA PAPELETA;e-EN LA PARTE INFERIOR DE LA PAPELETA, SE IMPRIMIRÁN LAS FOTOGRAFÍAS Y LOS NOMBRES DE LOS CANDIDATOS O CANDIDATAS A DIPUTADO O DIPUTADA PROPIETARIA NO PARTIDARIO Y EL NOMBRE DE SU RESPECTIVO SUPLENTE, EN EL ORDEN RESULTANTE DE UN SORTEO;f-LOS COLORES, SIGLAS, DISTINTIVOS O EMBLEMAS, TONALIDADES Y DISEÑOS UTILIZADOS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES CONTENDIENTES, ASÍ COMO LA INDICACIÓN DE LA MANERA EN QUE DEBERÁ IMPRIMIRSE EN LA PAPELETA EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS CANDIDATOS Y CANDIDATAS, SERÁN PREVIAMENTE ENVIADOS AL TRIBUNAL, A MÁS TARDAR CUARENTA Y CINCO DÍAS ANTES DE LA CELEBRACIÓN DE LAS ELECCIONES Y VERIFICADOS POR LOS MISMOS ANTES DE SU IMPRESIÓN. EN NINGÚN CASO SE ADMITIRÁN SOBRENOMBRES O NOMBRES QUE NO CORRESPONDAN A LOS LEGALMENTE REGISTRADOS;g-EL PARTIDO POLÍTICO, COALICIÓN O CANDIDATO O CANDIDATA NO PARTIDARIO, ENTREGARÁ AL TRIBUNAL UNA FOTOGRAFÍA RECIENTE DE TAMAÑO CUATRO POR CUATRO CENTÍMETROS, A COLORES Y CON FONDO BLANCO, DE CADA UNO DE LOS CANDIDATOS O CANDIDATAS A DIPUTADO O DIPUTADA PROPIETARIA, LA CUAL SERÁ UTILIZADA PARA LA ELABORACIÓN DE LA PAPELETA, PUDIENDO HACERLO EN FORMA DIGITAL. SI ESTA FOTOGRAFÍA NO ES PRESENTADA DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO POR EL TRIBUNAL, SE UTILIZARÁ LA DEL DOCUMENTO ÚNICO DE IDENTIDAD, A FIN DE NO RETRASAR EL CALENDARIO ELECTORAL; Y,h-EN EL CASO DE COALICIONES, SE COLOCARÁ LA BANDERA DE LA COALICIÓN O LAS BANDERAS DE LOS PARTIDOS COALIGADOS, Y DEBAJO LA FOTOGRAFÍA Y NOMBRE DE CADA UNO DE LOS CANDIDATOS O CANDIDATAS A DIPUTADO O DIPUTADA PROPIETARIA Y EL NOMBRE DE SUS RESPECTIVOS SUPLENTES, EN EL ORDEN EN QUE FUERON PRESENTADOS POR LA COALICIÓN, EN EL ESPACIO QUE CORRESPONDA AL PARTIDO POLÍTICO QUE HUBIERA OBTENIDO EL MENOR NÚMERO, DE ACUERDO AL SORTEO REALIZADO DE CONFORMIDAD CON EL LITERAL "b” DEL PRESENTE ARTÍCULO. ASIMISMO, DEBERÁ CONTAR CON UN ESPACIO PARA QUE EL CIUDADANO PUEDA MARCAR, SI ASÍ LO DESEA, EL CANDIDATO O CANDIDATA A QUIEN LE OTORGA PREFERENCIA. EN NINGÚN CASO PODRÁ IMPRIMIRSE EN UNA MISMA PAPELETA MÁS DE UNA VEZ LOS NOMBRES, FOTOGRAFÍAS Y BANDERAS. (3) (6)