Cámara ordena suspender el cese de los jueces mayores de 60 años

Viernes 24, Septiembre 2021 - 6:00 AM

Por orden de la Cámara, la Corte deberá detener la entrada en vigencia del decreto y esperar una resolución, donde se revisará si las reformas vulneran derechos a adultos mayores.

Archivo DEM

La Cámara de Familia de Oriente, con sede en San Miguel, ordenó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no aplicar el Decreto Legislativo 144, como medida cautelar ante la demanda presentada por los jueces el pasado martes.

Con esta orden judicial, la Cámara busca que como medida cautelar, más de 200 jueces, mayores de 60 años y con 30 en la judicatura, no cesen en sus cargos.

La Cámara también ordena a la Asamblea Legislativa y a la misma Corte Suprema de Justicia que se abstenga de hechos que contravengan los derechos humanos, del adulto mayor, derechos de familia o amenazas en perjuicio de los demandantes, quienes son dos jueces de la República.

La Cámara recuerda que en los procesos de familia ninguna persona goza de fuero en razón de su cargo.

También pide acreditar las investiduras de jueces de los demandantes, Rosvinda Portillo Matute y de Godofredo Campos Rosa, ante la Cámara y advierte que las medidas cautelares solo pueden ser modificadas, sustituidas o cesadas conforme a la Ley Procesal de Familia.

La Cámara conocerá de fondo si el decreto violenta la convención Interamericana sobre la protección de derechos humanos de las personas adultas mayores.

El 21 de septiembre, los jueces de oriente presentaron la demanda en la Cámara de Familia.

Competencia

La resolución de medidas cautelares de la Cámara de Familia de Oriente señala que uno de los dos magistrados, Manuel de Jesús Méndez Rivas, dijo que "a su criterio carecía de competencia funcional para conocer y resolver en primera instancia el asunto planteado”, pero el magistrado presidente dictó medidas cautelares, amparándose en el artículo 196 del Código Procesal Civil y Mercántil.

El inciso segundo del referido artículo 196 del Código Procesal Civil y Mercántil establece que es función del magistrado presidente "impulsar y ordenar el curso del proceso, dictando al efecto los decretos y demás resoluciones que legalmente procedan”.

Además se basó en la Ley Procesal de Famlia, que en su artículo 78 señala que es "competencia en razón del territorio de los jueces de familia, se extiende por toda la República para conocer y decidir las medidas cautelares que les sean solicitadas”.

El pasado 21 de septiembre, el abogado Ricardo Vladimir Montoya Cardoza, apoderado legal de los jueces mencionados, solicitó a la Cámara de Familia que ordenara inaplicar las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, aprobadas por la Asamblea Legislativa el 31 de agosto pasado y publicadas en el Diario Oficial el 14 de septiembre.

En la presentación de la petición de medidas cautelares asistieron jueces y magistrados como Sidney Blanco, quien explicó la medida como "una vía eficaz”, en busca de la "tutela de las personas adultas mayores”.