Cámara rechaza anular juicio civil contra Mauricio Funes

Lunes 12, Septiembre 2016 - 3:34 PM
Fotografía: Diario El Mundo
 La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, rechazó anular el juicio civil que la Fiscalía General de la República inició el pasado 29 de marzo, en contra del expresidente Mauricio Funes, su hijo Diego Roberto Funes Cañas y la exprimera dama Vanda Pignato.Los tres son señalados de un presunto enriquecimiento ilícito de $728 mil 329.74, cantidad preliminar que fue detectada por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) luego de analizar las declaraciones juradas de patrimonio de inicio y cese de Funes, quien fungió como mandatario salvadoreño entre los años 2009 al 2014.La decisión de las magistradas de la referida cámara surgió de improponibilidades planteadas por los abogados de los demandados, quienes básicamente argumentaron que al expresidente, la CSJ le violó principios constitucionales. Enrique Araujo, el nuevo abogado que Funes nombró ayer, dijo que se violó el principio de legalidad ya que la Sala de lo Constitucional, el 11 de enero de 2016, suspendió los efectos de la Ley de Probidad para revivir la Ley de Enriquecimiento Ilícito promulgada en 1959. También se cuestionó la vulneración al principio dispositivo y derecho de recurrir.Mientras que Jaime Ortega, abogado de Pignato, manifestó que a su apoderada no se le permitió ejercer su defensa técnica y material y se obvió ese derecho de defensa y audiencia, sumado eso, no ejercía un cargo público ya que si bien era secretaria de Inclusión Social, no devengaba ningún salario porque estaba Ad honorem y la investigación de la CSJ no fue contra ella, sino que contra Funes.Uno de los principios del Código Procesal Civil Mercantil (CPCM) es la improponibilidad (petición de rechazo o inadmisibilidad) de la que puede hacer uso la parte demanda en un juicio de enriquecimiento ilícito cuyo fin es lograr que un tribunal superior anule un proceso por considerar que tiene ciertos vicios, pero ayer, la magistrada presidente de la referida cámara, Margarita Ramagoza, dijo que las improponibilidades planteadas por los abogados de los demandados debían declararse sin lugar y que el tribunal que preside no tiene competencia para anular este juicio civil.Les aclaró a los abogados de los demandados que ellos tuvieron en su momento la facultad para plantearlo cuando se estaba en la fase administrativa en la Sección de Probidad y no en esta etapa procesal.Según Ramagoza, a Pignato y Funes Cañas, no se les puede excluir del proceso bajo los argumentos de que no eran funcionarios públicos, lejos de eso, el hacerlos partícipes en este proceso potencia sus derechos porque van a tener la oportunidad de ejercer su defensa técnica y material.Respecto a las deudas que Funes le canceló a Pignato, la Cámara señaló que la exprimera dama no tenía ningún tipo de ingreso y con el pago de más de $57 mil en concepto de tarjetas de crédito y préstamos, pudo haberse beneficiado por el cargo que ejercía en ese entonces Mauricio Funes.Y en cuanto a la violación de derechos constitucionales de audiencia, defensa y tratamiento procesal igualitario, la Cámara resolvió que no era procedente declarar la nulidad solicitada por los abogados de los demandados.