La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo hoy un llamado al Estado de El Salvador para que pueda ejercer acciones de seguriad ciudadana y penitenciaria respetando los derechos y la dignidad humana.

En un pronunciamiento publicado este viernes, la CIDH urgió al Estado de El Salvador investigar muertes de personas bajo custodia estatal “de forma rápida, seria e imparcial, identificar y sancionar a los responsables, reparar a las víctimas”, y tomar medidas para evitar más muertes.



Según la CIDH, 10 de las 21 muertes de detenidos “fueron causadas por golpes”, cinco por edema pulmonar y se sospecha que dos fueron víctimas de homicidio.

La CIDH registra esta cantidad de muertes entre el 3 de abril y el 29 de mayo e informó que 15 fueron detenidas en el régimen, una tenía discapacidad, 14 estaban el Centro Penal de Izalco, Sonsonate; 3 en el Centro Penal La Esperanza, en San Salvador; y una en el Centro Penal de Quezaltepeque, en La Libertad.

La CIDH se declaró preocupada por las prórrogas de la suspensión de derechos en el régimen de excepción y las restricciones a los derechos humanos.

Urge al Estado salvadoreño a investigar los fallecimientos de forma rápida, seria e imparcial, identificar y sancionar a los responsables, reparar a las víctimas, y adoptar las medidas necesarias para evitar más muertes de personas se encuentran en custodia estatal”. –CIDH.


Exhorta a habilitar recursos contra violaciones

La CIDH aclaró a El Salvador que la suspensión del acceso a un recurso para el respeto de los derechos y libertades no está autorizada por el derecho internacional de los derechos humanos.

Según la CIDH, la Corte interamericana de Derechos Humanos “ha sostenido que el derecho a un recurso efectivo ante los jueces o tribunales nacionales competentes, independientes e imparciales constituye uno de los pilares básicos, no solo de la Convención Americana, sino del propio Estado de Derecho en una sociedad democrática”.

La CIDH indicó que la Corte Interamericana dice que la suspensión de garantías no es un medio para enfrentar la criminalidad común y que el artículo 27.1 de la Convención Americana permite la suspensión de obligaciones por tiempos “estrictamente limitados” en situaciones de seguridad del Estado pero sin violar el derecho internacional y sin medidas discriminatorias o sin suspender garantías judiciales.

Pide informar de razón y lugar de detención

La Comisión insta al Estado a cumplir con su obligación de informar inmediatamente a la persona detenida, sus familiares y representantes, sobre los motivos y razones de la detención. También debe de informar el lugar de privación de libertad.

Argumenta que este es un deber “para evitar detenciones arbitrarias” y “garantiza el derecho de defensa".

La CIDH manifestó preocupación por prácticas de “detenciones masivas, ilegales, arbitrarias, basadas en perfiles discriminatorios de edad, condición socioeconómica y apariencia física, como tatuajes; así como sobre la falta de información sobre los motivos de las detenciones, restricciones de acceso a la defensa técnica y a su ejercicio y la realización de audiencias judiciales colectivas en contra de hasta 500 personas de forma sumaria”.

La CIDH también expresa preocupación por las “deplorables condiciones de detención”, la deficiente infraestructura, condiciones de insalubridad, falta de higiene, atención médica insuficiente, escaso e inadecuado acceso al agua en los centros de detención, negligente atención médica, alimentación insuficiente, ausencia de contacto, golpizas y uso de gas pimienta.

“Los Estados son garantes de los derechos de las personas privadas de libertad y tienen el deber jurídico ineludible de realizar acciones concretas para garantizar la vida, salud e integridad de todas las personas que se encuentran bajo su custodia”, le indicó a El Salvador.