Ministerio de Hacienda./Archivo DEM
El Ministerio de Hacienda recuerda a los contribuyentes que tienen hasta el 31 de agosto de este año, para ampararse a la Ley Transitoria para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras, conocida como Amnistía Fiscal, y no ser objeto de multas u obligados a cancelar intereses por el retraso en el pago de deudas al fisco.Esta ley transitoria fue aprobada mediante Decreto Legislativo 804 el pasado 10 de octubre del año pasado, y entró en vigencia el 27 del mismo mes.Estaba previsto que la disposición venciera el pasado 15 de marzo, pero la Asamblea Legislativa aprobó una primera prórroga hasta 19 de junio; luego en mayo pasado, los diputados volvieron a extenderla por 60 días hasta el 31 de agosto.Según Hacienda, los diputados aprobaron en la última Sesión Plenaria, reformas a dicha ley con las cuales se amplían los beneficios para los contribuyentes; entre estas la inclusión de períodos cuya fecha o plazo para liquidar o presentar declaración, haya vencido antes del 01 de junio de 2018.Asimismo, se determinó que la Dirección General de Tesorería otorgará hasta un máximo de siete meses por medio de la emisión de la resolución de pago a plazos.