CSJ pagó casi $6 mil a 14 empleados que no trabajaron

Lunes 30, Abril 2018 - 12:02 AM
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) pagó $5,966.38 a 14 empleados del Juzgado Especializado de Instrucción de San Miguel, por 12 días no laborados, luego que se fueron a huelga por no estar de acuerdo con la forma de trabajo del juez Carlos Mauricio Pérez, quien al ser nombrado en ese tribunal y tomar posesión del cargo, adoptó nuevas medidas ante un desorden encontrado y el vencimiento de plazos de la detención.Se trata de diez colaboradores jurídicos que devengan mensualmente $1,190; dos notificadores con salario de $1,135.80; un citador que recibe pago de $1,077.82 y un ordenanza que gana $856.82; la información consta en una resolución del Juzgado de lo Laboral de San Miguel, en la que se afirma que la planilla que la CSJ paga a los 14 empleados en un mes asciende a $14,915.92.Según información obtenida, en la Corte Suprema de Justicia se les pagaron los 12 días no trabajados, a pesar que el referido Juzgado de lo Laboral, en resolución emitida el 6 de abril de 2018, declaró ilegal la huelga.Se detalla que el juzgador solicitó se declarara ilegal la acción impulsada por el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del Órgano Judicial (Sitoj) en respaldo a los 14 empleados, siendo uno de los pocos casos en los que un juez inicia acciones legales, ya que en otros hechos similares los juzgadores terminan cediendo a las presiones del Sitoj.En la resolución se menciona que los trabajadores infringieron el artículo 53 literal "I” de la Ley de Servicio Civil en la que se señala que son causales de despido, declararse en huelga o abandonar el empleo o cargo."Todos los trabajadores holgantes antes mencionados vulneraron flagrantemente la Constitución de la República, y es más reprochable porque son abogados juramentados, es así que vulneraron el artículo 21 de la Constitución de la República, el cual establece: se prohíbe la huelga de los trabajadores públicos y municipales, lo mismo que el abandono colectivo de sus cargos”, dice el expediente 98 del Juzgado de lo Laboral de San Miguel.Este fundamento tiene su base legal en la sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la CSJ con referencia 63-2007/69/2007, emitida el 16 de octubre del año 2017 y publicada en el Diario Oficial, la cual no era del conocimiento de los empleados a pesar que son abogados, señala el juzgado en su decisión.En el expediente, el juez especializado expone que mientras los empleados estaban en huelga se celebraron audiencias, pero ninguno de los colaboradores jurídicos entró para asumir sus responsabilidades que entre ellas están, levantar las actas de las audiencias donde queda constancia de lo que ha ocurrido.Ante la negativa de realizar sus funciones, el juez especializado junto al secretario, además de dirigir las audiencias, tuvieron que levantar actas, redactar oficios sobre imputados que debían salir con medidas por orden superior, es decir, que no diligenciaron los expedientes.En los 12 días que estuvieron en huelga hubo casos graves que quisieron atender, entre ellos el denominado caso "Conexiones”, donde se procesó a exjueces, policías y pandilleros, también ingresó el caso de cinco imputados que la Policía Internacional (Interpol) capturó por tener órdenes de captura.