Dinero decomisado a colombiano pasará al Estado

Lunes 20, Marzo 2017 - 12:01 AM

El abogado que representa los intereses del extranjero apeló la sentencia definitiva de extinción de dominio en la cual se resolvió que ese monto de dinero pasará al Estado.

En abril del 2016, el colombiano Rafael Enrique Silva Zambrano pidió que le devolvieran el dinero, cuando fue absuelto penalmente, donde era acusado de lavado de dinero. / Archivo DEM
La Cámara Primera de le Penal de San Salvador confirmó la extinción de dominio de $279,000 decomisados al colombiano Rafael Enrique Silva Zambrano, el 2 de mayo del año 2015 y que hasta la fecha representa la cantidad de dinero, en efectivo, más grande que ha pasado al Estado.Este caso termina hasta aquí, es decir que con la resolución de los magistrados la sentencia queda en firme y ejecutoriada, el colombiano ya no puede acudir a ninguna instancia superior para tratar de recuperar ese dinero.La Ley Especial de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes de Origen o Destinación Ilícita señala que una persona, cuyos bienes son sometidos a un proceso, solamente puede acudir como última instancia a la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, que por decreto legislativo es la que conoce de los recursos que surgen, tras las resoluciones del juzgado especializado en extinción de dominio.Los magistrados conocieron este caso, tras una apelación que el abogado Wilfredo Ernesto Gutiérrez interpuso en su calidad de procurador, representando los intereses del afectado.La Cámara, en su resolución, dijo que la Unidad Especializada de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República, lograron acreditar que la cantidad de dinero decomisada al extranjero le representa un incremento patrimonial no justificado, ya que no presentó ningún tipo de documentación que demostrara de donde la había obtenido.El colombiano en su derecho de defensa ha asegurado que durante 18 años ha estado registrado en su país como un rentista de capital, es decir que se ha dedicado al cambio de divisas junto a su esposa y que, luego de hacer un capital acudieron a instituciones bancarias para obtener préstamos, además hipotecaron su casa y vendieron algunos de sus bienes para reunir una cantidad de dinero que les permitiera incursionar en ese negocio.Silva Zambrano dijo que iniciaron en el mercado nacional pero cuando su capital incrementó optaron por incorporarse al mercado internacional, y comenzó a viajar desde Colombia hacia México y Estados Unidos, con euros para cambiarlos por dólares y regresar a su país con un pequeño margen de ganancia.Las operaciones de arbitraje cambiario son comunes en el mercado de divisas, y consiste en adquirir un producto financiero en un mercado a un precio y revenderlo a otro mayor, en un mercado diferente.Según el extranjero, algunos meses salía de su país hasta en cuatro ocasiones con miles de euros, para cambiarlos por dólares y nunca tuvo problemas legales porque siempre ha andado a la mano la documentación respectiva que respalda la legalidad de su dinero y la procedencia lícita, fue hasta en El Salvador donde tuvo los problema legales que lo llevaron a perder el dinero.Ese argumento que el colombiano hace sobre la obtención del dinero no es creíble para la Cámara, ya que si bien tuvo líneas crediticias mediante tarjeta de crédito, "la actividad profesional de rentista capital (cambista) por experiencia, indica que una persona que se dedica a ese negocio, no utilizaría las tarjetas de crédito por el alto costo en intereses, ya que se busca maximizar la obtención de ganancias al utilizar su patrimonio personal” señala la instancia superior al momento de desestimar las pretensiones del abogado de Silva Zambrano y confirmar la sentencia definitiva en extinción de dominio dictada el 26 de octubre del año pasado.Con esta decisión de los magistrado de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, el Consejo Nacional de Administración de Bienes (CONAB) ya puede disponer de los $279,000 y distribuirlo entre las seis entidades que conforman dicho consejo. 22 La sentencia De extinción de dominio queda firme 22 meses después de haber sido decomisado el dinero.