Esta es la propuesta de nuevas tasas por ventas de temporada y ambulantes de San Salvador Centro

Jueves 31, Octubre 2024 - 4:00 AM
Archivo DEM.

En fase de consulta estaría una propuesta de ordenanza de tasas que, por el momento, plantea aumentos para puestos de venta de pólvora, del 567 % en San Salvador y del 1,150 % en Mejicanos.

La alcaldía de San Salvador Centro está contemplando aumentar las tasas para otorgar permisos de ventas móviles, ambulantes y de temporada en espacios públicos en el municipio, integrado por los distritos de San Salvador, Mejicanos, Ayutuxtepeque, Ciudad Delgado y Cuscatancingo a partir de la reestructuración municipal vigente desde mayo de 2024. Una fuente interna del concejo municipal detalló que la normativa fue propuesta en el concejo municipal, el cual acordó subirla a su portal de transparencia para "una fase de consulta" para que los ciudadanos den sus opiniones. En 15 días, la normativa sería devuelta al concejo para su respectiva aprobación. Con la "Ordenanza reguladora del comercio en el espacio público del municipio de San Salvador Centro", la tasa que tendría más aumento sería el permiso para la venta de pólvora, dentro de las ventas de temporada, pues deberán pagar $500 por todo el plazo que deberá establecer el concejo. Hasta 2023, los vendedores de pólvora ubicados en el distrito de San Salvador pagaban $75, con lo cual el aumento previsto sería 567 %, y en Mejicanos pagaban $40, con lo cual se prevé un aumento de 1,150 %, en comparación con los $500 que deberán pagar. En caso de que algún vendedor solicite vender por menos tiempo del plazo, debería pagar solo $100. Según la propuesta, los vendedores ambulantes pagarían $0.80 en San Salvador y $0.50 en los otros distritos, representando un aumento de 700 % y 25 %, respectivamente, en relación a las tasas de $0.10 y $0.40 que pagaban los comerciantes ambulantes en San Salvador y Mejicanos. Mientras, para quienes tienen ventas móviles a mano, pagarían $1.00 y las ventas móviles a motor, $4.00. La ordenanza define como ventas móviles a mano, las mercancías que son movilizadas en carretas, carretones, carretillas, bicicletas y todas las formas en las que se movilizan productos, mientras que las ventas móviles a motor son las que se realizan sobre un vehículo automotor o que su funcionamiento depende de un circuito eléctrico o electromecánico.

¿Quién aprobará los permisos?

El artículo 6 de la ordenanza establece que los permisos serán autorizados o denegados por los directores de distrito de Mejicanos, Ciudad Delgado, Cuscatancingo y Ayutuxtepeque y, por los jefes de zonas de distrito de San Salvador. El permiso de los puestos de comercio habitual tendrán una duración de un años, pero podrán ser prorrogable siempre y cuando el encargado del puesto esté exento del pago de tasas a la municipalidad, mientras que los permisos de ventas de temporada deben señalar el plazo de vigencia que deberá ser acordado por el concejo municipal. Los puestos que estarán habilitados en horario diurno tendrán un espacio máximo de seis metros cuadrados, pero los puestos de ventas nocturnas pueden gestionar ubicaciones de hasta 12 metros cuadrados. Para autorizar un permiso, el encargado debe verificar "que el solicitante no cuente con puestos de venta asignados en cualquiera de los mercados de este municipio", es decir, que no les aprobarán permisos de venta a comerciantes que ya tengan puestos en los mercados municipales. De aprobarse el permiso, la comuna emitirá un carné de identificación del comerciante con puesto autorizado y este tendrá un costo de $3.00. El articulo 18 establece que está prohibido autorizar ventas en zonas de monumentos, patrimonio cultural, plazas, parques, cerca de mercados, en zonas hospitalarias y en zonas declaradas "libre de ventas".