“Este traslado se lo acaban en semanas”

Jueves 18, Febrero 2016 - 12:02 AM
[caption id="attachment_627120" width="627"] Enrique Anaya, de Comtradefop, señala que la reforma, como está planteada, sería inconstitucional. / Ó. Machón[/caption]Enrique Anaya, abogado del Comité de Trabajadores en Defensa de los Fondos de Pensiones (Contradefop), cree que la reforma de pensiones es solo un mecanismo para solucionar un problema de caja y no para resolver los retos del sistema de pensiones salvadoreño. Es más, asegura que los fondos trasladados al "régimen de reparto” durará solo "semanas”.Anaya explica que hay que partir que existirán dos regímenes: uno de reparto y otro de capitalización individual. La cotización siempre sería la misma, 13 % del salario, pero se distribuirá de la siguiente manera: la cotización correspondiente hasta dos salarios mínimos (mensuales) irá al régimen de reparto y la cotización correspondiente a exceso de dos salarios mínimos (mensuales) irá al régimen de ahorro, es decir, de capitalización individual.Ejemplifica que, si alguien gana $1,000, la cotización correspondiente a los primeros $484 que reciba de salario mensual irá al régimen de reparto y el exceso, $516, irá a su cuenta de ahorro.Sin embargo, explica que el Gobierno no menciona el traslado inmediato de una proporción de los ahorros de los cotizantes. "Para que funcione este nuevo INP (Instituto Nacional de Pensiones) va a haber lo que el Gobierno le llama ‘traslado de saldos de cuentas individuales de pensiones al INP”, dice. Estos fondos serán restados de las cuentas de ahorro de pensiones actuales y pasarán al Fideicomiso (de Obligaciones Previsionales), en Certificados de Inversión Previsional (CIP). Así, si una persona gana $500 y tiene $5,000 en su cuenta, un total de $4,840 de sus ahorros pasarán al INP en forma de certificados de inversión. "No va a haber plata”El abogado aún no sabe responder, con cifras, si los fondos que acumulará el Instituto Nacional de Pensiones (INP), que serían trasladados del ahorro de los cotizantes con base en una fórmula, alcanzarían o no para financiar las pensiones básicas o fijas. Pero asegura que esos fondos no durarán "dos semanas”. "No va a haber plata”, expresa."Todos los trabajadores vamos a pasar al Estado en el régimen de reparto, supuestamente con esas cotizaciones es que se van a estar pagando las pensiones del sistema público, porque se van a estar dos meses recogiendo, pero este traslado se lo acaban en dos semanas. Si eso se llega a ejecutar, en dos semanas se acabó, con la promesa que cuando usted se jubile le van a dar la pensión mínima”, señala, en una entrevista con Diario El Mundo.Concluye esto porque sostiene que, en septiembre de 2015 se proyectó que en tres años se debía aumentar la edad de jubilación y el monto de la cotización. Para él, simplemente es posponer el problema: "Simplemente se está tirando la pelota para adelante. Hago la reforma, me tomo los fondos de pensiones pero en tres años posiblemente... a los trabajadores nos castiga”, afirma.Anaya, demandante de inconstitucionalidad contra la baja rentabilidad de pensiones y la obligación de inversión fondos de cotizantes en los certificados estatales, augura que tocar cuentas de ahorro privadas podría marcar un precedente jurídico peligroso, según él. "Esto es apropiarse de las cuentas de ahorro de los trabajadores. ¿Quién quita que mañana pueda quitarse su cuenta de ahorro que tiene en el banco. Si se establece ese principio. Una cuenta de ahorro está a su nombre, puede decir cuánto tengo, cuánto he ganado. Si esto se nacionaliza, esto al fin y al cabo es una nacionalización, ¿quién quita que mañana diga: mirá, fijate que ya no nos alcanzó otra vez, así que hoy vamos a agarrar de las cuentas de ahorro. Es lo que pasó en Grecia, en Irlanda”. El traslado: Artículo 232-T"Toda persona que por ministerio de ley se incorpore en el régimen de reparto y que se encuentre afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones deberá aportar un monto del saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones a ese régimen, excluidas las cotizaciones voluntarias, de conformidad a la normativa técnica que se emita para tal efecto”.Fuente: Borrador de anteproyecto.