Hasta 3 años de cárcel para padres por niños quemados

Jueves 23, Diciembre 2021 - 2:45 AM
El padre, madre o responsable legal de un infante o adolescente que resulte con quemaduras de productos pirotécnicos podría ir a prisión de uno a tres años si fuera acusado de abandono o desamparo al menor, poniendo en riesgo su integridad física y hasta la vida, según el artículo 199 del Código Penal salvadoreño.También, la Ley Especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia, tipifica como una falta grave "permitir que niñas, niños y adolescentes manipulen pólvora sin la supervisión de una persona adulta”, estableciendo una sanción de $1,825 que deberá pagar el padre, madre o responsable del menor.El procedimiento por lo anterior se pondrá de oficio o si alguien denuncia el hecho a través de la Policía Nacional Civil, la Fiscalía General de la República o municipalidad correspondiente. Además, la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (Lepina) señala que está prohibido facilitar el uso, posesión y portación de cualquier tipo de explosivos a esta población.La Lepina sostiene que quien venda o de la pólvora a los menores, tampoco permitir que estos manipulen o fabriquen productos, esto puede ser castigado hasta con $3,650. 

Leyes que sancionan

 
  1. Código Penal
Tres años de cárcel para responsables de menores. 
  1. Ley de pirotecnia
Multa de $1,865 para quien permita manipulación de pólvora. 
  1. Lepina
Multa de $3,650 para los padres por permitir que niños fabriquen pólvora.