Juez pide opinión a FGR por caso de Monseñor Romero
Viernes 19, Mayo 2017 - 12:01 AM
El juzgado cuarto de instrucción de San Salvador preguntó a la Fiscalía General de la República si el proceso judicial por el asesinato de Monseñor Óscar Arnulfo Romero y Galdámez, "debe seguirse contra la persona ya imputada con carácter de procesado o contra otros”, que estarían señalados en la investigación, pero no individualizados.El juez, Rigoberto Chicas dice que la Fiscalía General debe opinar porque el proceso, de averiguar el asesinato del ahora beato Romero fue iniciado de oficio y luego atribuido al capitán Álvaro Rafael Saravia "y otros sujetos”.También, el juez pide opinión al Ministerio Público para que diga si está de acuerdo que los abogados Ovidio Mauricio González y Alejandro Díaz Gómez puedan ser parte de la querella o acusadores particulares ante una posible rea-pertura del caso.El Centro Judicial Isidro Menéndez informó ayer en la mañana que el juzgado también revocó el sobreseimiento del que gozaba el capitán Saravia desde el 31 de marzo de 1993, en virtud de la derogatoria de la ley de Amnistía, emitida por la Sala de lo Constitucional en julio del año pasado."Asimismo se deja sin efecto el sobreseimiento de carácter definitivo, a favor del capitán Álvaro Rafael Saravia Merino, por el delito de homicidio agravado en perjuicio de monseñor, decretado en auto de las nueve horas del día 31 de marzo de 1993”, dice textualmente la resolución.El pasado 23 de marzo, los abogados de organizaciones que luchan por los derechos humanos, entre ellos Fespad, la Concertación Monseñor Óscar Arnulfo Romero y Tutela Legal Doctora María Julia Hernández, presentaron una solicitud de reapertura del asesinato del prelado, 37 años después de su muerte.Ante esto, el juez Chicas añade que es necesario analizar si la presentación de los demandantes sobre la reapertura del expediente, existe la posibilidad de la aplicación de acuerdo a la legislación penal de 1973 y el procesal penal de 1974, "para seguir con la investigación a cargo de este juzgado, si es favorable o no a su desarrollo, o si debe ser retomada con el ordenamiento jurídico vigente.Ayer, Tutela Legal "María Julia Hernández” pidió al Fiscal General, Douglas Meléndez actuar de forma diligente y dijo que desde este momento se debe "perseguir” a los responsables materiales e intelectuales como Saravia y otro, señalados en la investigación judicial, que a su consideración "con la resolución se abre la posibilidad de aplicar una efectiva justicia transicional y no prolongar más la impunidad en el caso”.Saravia vive escondido en Estados Unidos, según lo reveló una publicación del periódico digital ElFaro.net el pasado 22 de marzo del 2010, cuando relató su participación y la de otras personas en la "Operación Piña”."¿Usted no disparó, pero participó?”, preguntó un periodista de El Faro a Saravia en esa ocasión."30 años y me voy a morir perseguido por eso. Sí, claro que participé. Por eso estamos hablando”, respondió el excapitán de la Fuerza Aérea.Romero fue asesinado el 24 de marzo de 1980 mientas oficiaba misa en la capilla del hospital Divina Providencia de la capital salvadoreña. ¿Qué resuelve el juez cuarto de instrucción?El juez cuarto de instrucción, Rigoberto Chicas revocó el sobreseimiento que el juzgado cuarto de lo penal le otorgó el 31 de marzo de 1993, al capitán Álvaro Rafael Saravia, luego de ser acusado por el asesinato del prelado Oscar Arnulfo Romero. Se basó en la resolución de la Sala de lo Constitucional que dejó sin efecto la Ley de Amnistía. A su vez, el juzgado pide a la Fiscalía General diga si el proceso debe seguirse contra la única persona imputada -capitán Saravia- o ampliarse contra otros "a quienes no se ha formalizado cargos, por no estar debidamente individualizados, según resoluciones agregadas al expediente”. El caso31/03/1993El juzgado cuarto de lo penal sobreseyó (absolvió) al capitán Álvaro Saravia por el asesinato de Monseñor Óscar Arnulfo Romero. Él huye hacia Estados Unidos y vive escondido ahí, según publicaciones periodísticas. 13/07/2016La Sala de lo Constitucional deroga la Ley de Amnistía permitiendo que los casos de crímenes de guerra sean reabiertos y judicializados.