Ordenan fijar salario mínimo de trabajadores a domicilio
Jueves 09, Noviembre 2017 - 12:01 AM
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró el miércoles inconstitucional por omisión porque el presidente de la República y el Consejo Nacional del Salario Mínimo han incumplido con el mandato constitucional en establecer las tarifas de salario mínimo para los "trabajadores a domicilio” dependiendo de su rubro económico.El Consejo Nacional de Salario Mínimo tiene 30 días luego de la notificación y debe tomar en cuenta que las tarifas no podrán ser inferiores a las asignadas a trabajadores de la misma empresa o labores similares.Los pliegos tarifarios deberán ser propuestos al Órgano Ejecutivo para que incluya una disposición sobre este salario mínimo en cada decreto. "Deberán ser suficientes para cubrir sus necesidades normales y las de su hogar, en el orden material, moral y cultural”, señala la Sala en su sentencia.La instancia judicial advierte que si la Presidencia de la República, a través del Ministerio de Trabajo, no aprueba los decretos, los trabajadores a domicilio deberán recibir el salario mínimo correspondiente a su rubro.La Sala señaló que la Constitución "establece de forma expresa y sin ambages” el mandato de que el salario mínimo de los trabajadores a domicilio debe ser fijado por las autoridades; indica que constató que no existe un decreto para tal fin. En el caso, el fiscal general aseveró que la Constitución de la República obliga a fijar de manera periódica el salario mínimo a que tiene derecho todo trabajador en el país.