Ordenan otro juicio para colombiano por lavado

Lunes 20, Marzo 2017 - 12:00 AM
La Cámara de la Tercera Sección del Centro, con sede en San Vicente, ordenó un nuevo juicio por el delito de lavado de dinero y activos para el colombiano, Rafael Enrique Silva Zambrano; el extranjero fue absuelto por el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca, La Paz, pero la instancia superior ha anulado esa resolución.Consta en el expediente que el 1 de marzo del año 2016, el referido tribunal absolvió al extranjero quien el 2 de mayo de 2015, fue detenido en el Aeropuerto Internacional Monseñor Óscar Arnulfo Romero, transportando $279,000 en efectivo.En todo el proceso penal la defensa del colombiano presentó una serie de prueba documental, consistente en las declaraciones del dinero en las aduanas de Colombia y México, certificaciones de los préstamos en los bancos en Colombia y las compraventas de dos microbuses y un apartamento.Cuando el Juzgado de Paz de San Luis Talpa, del mismo departamento, realizó la audiencia inicial decretó instrucción formal sin ninguna medida, en la audiencia preliminar, el Juzgado de Instrucción de San Luis Talpa, emitió un sobreseimiento definitivo porque dijo que no había delito que perseguir, ya que ese dinero decomisado era lícito y es producto del trabajo realizado por Silva Zambrano, pero la Unidad de Investigación Financiera (UIF) apeló y la Cámara de San Vicente ordenó que fuera enviado a juicio en una audiencia especial; en la vista pública el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca, dictó una sentencia absolutoria la cual fue apelada y al ser revisada se resolvió que el colombiano enfrente un nuevo juicio.¿Qué argumentó la Cámara para extinguir el dinero al extranjero? No existe comprobanteSegún la Cámara no hay pueba suficiente de compra y venta de divisas transportadas de parte de Rafael Silva Zambrano, ni se logró acreditar que haya tenido respaldo la hipótesis de la inversión familiar por parte de la esposa del colombiano, solo se demuestra el traslado de divisas, cuya actividad es propia del lavado de dinero y activos. Se logró acreditarQue esa cantidad de dinero representa un incremento patrimonial no justificado, ya que Silva Zambrano no tiene respaldo de fuente de ingresos lícitos que hayan sido acreditadas procesalmente. La regla de la experiencia indica que un rentista capital (cambista de dinero) no utilizaría tarjetas de crédito pues al contrario busca ganancias, señala la cámara. Origen inciertoSegún la Cámara, el colombiano como propietario del dinero, estaba obligado a acreditar que el dinero lo obtuvo en apego a la ley, es decir, que debió probar contundentemente el origen lícito de esa cantidad, pero como no demostró el derecho real que tenía sobre ese bien, se extinguió en perjuicio de él y en beneficio del Estado de El Salvador, quedando firme de esa manera dicha sentencia. Operaciones sin respaldoLos magistrados destacan que aún tratándose del mercado libre de divisas, cada operación realizada origina una constancia documental de la misma que representa el medio idóneo para acreditar la legitimidad del dinero, pero en este proceso, el colombiano no acreditó cada una de las operaciones, ni aclaró el origen licito del capital con el cual comenzó el negocio. Falta de prueba Silva Zambrano al estar facultado para cambiar moneda y luego hacer negocio por medio de árbitros cambiarios a precios inferiores o superiores establecidos por el Banco Central de Colombia, estaba obligado a presentar soporte documental para acreditar la licitud del capital con el que dio inicio al giro de cambio de divisas, pero en el proceso de extinción de dominio no lo ofreció.