Piden a Sala de lo Constitucional que ordene regular detenciones por faltas cometidas

Viernes 24, Septiembre 2021 - 4:59 PM

El recurso fue presentado a la Sala de lo Constitucional, en el día internacional del reo.

Asociación Azul Originario en la presentación del recurso en la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Foto: DEM/Gabriela Palacios
La Asociación Azul Originario (AZO) presentó un recurso de inconstitucionalidad a la Corte Suprema de Justicia (CSJ( para que ordene a la Asamblea Legislativa, regular las detenciones por faltas, en flagrancia.El abogado y miembro de la AZO, Gilberto Calderón, aseguró que no existe un marco regulatorio que dicte el actuar de las autoridades policiales, en caso de encontrar a una persona cometiendo falta, dándole el mismo tratamiento que a alguien que incurra en delito.Calderón explicó que esto abre las posibilidades al agente encargado, de procesar el hecho, a actuar de forma arbitraria; por ello piden leyes proporcionales a los supuestos que se cometan. El artículo 18 del Código Penal establece las definiciones entre delitos y faltas, estos últimos, como hechos culposos, de la siguiente manera: "Los hechos punibles se dividen en delitos y faltas. Los delitos pueden ser graves y menos graves. Son delitos graves los sancionados con pena de prisión cuyo límite máximo exceda de tres años y multa cuyo límite máximo exceda de doscientos días multa. Los hechos culposos sólo serán sancionados cuando la ley penal lo establezca de manera expresa”.Calderón ejemplificó: ‘’En los supermercados detienen a personas que se han robado un cartón de huevos o de leche, llaman a la Policía Nacional Civil, y estos por encontrarlos en flagrancia los detienen y los ponen a la orden del juzgado, esa persona va a estar detenida hasta un máximo de 3 días, ¿y qué ocurre? Es cierto que al entrar al juzgado puede quedar en libertad pero esos tres días le causan más daño que la misma condena por la falta’’.Por lo anterior, el abogado explicó mediante el artículo 207 del Código Penal que una falta por hurto puede convertirse en delito, según el artículo 207 del Código Penal, si la persona hurta un objeto con valor mayor a 200 colones ($22.93 dólares), de lo contrario continúa considerándose como falta.El recurso de la AZO enfatiza que la privación de libertad no solo limita derechos fundamentales, sino también causa a las personas daños a la integridad física y psicológica de las personas.Finalmente, la directora de la AZO, Wendy Morales, aseveró que tomaron esta fecha para presentar el recurso y posteriormente hacer una manifestación por el Día Internacional del Reo.
Asociación Azul Originario en la presentación del recurso en la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Foto: DEM/Gabriela Palacios