Piden a Sala suspender reforma de Bukele a reglamento de LAIP

Jueves 10, Septiembre 2020 - 12:03 AM
El abogado Eduardo Escobar solicitó este miércoles a la Sala de lo Constitucional que resuelva una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 109 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) que faculta al Presidente de la República a que emita reglamentos sobre dicha normativa.La demanda fue admitida por la Sala en el proceso de inconstitucionalidad 172-2016 el 13 de enero de 2017 pero no ha sido resuelta.Escobar solicita además que emita una medida cautelar de suspender la reforma al reglamento de la LAIP aprobada por el presidente, Nayib Bukele, mediante la cual creó 10 nuevas atribuciones al presidente del IAIP que tienen que ver con su estructura organizativa de la institución y modifica las reglas de apelación ante la reserva de información pública.El abogado argumentó que la reforma al artículo 61 del reglamento transfiere facultades administrativas y organizativas del pleno del IAIP, es decir, de los comisionados, al presidente del IAIP.Según Escobar, la aprobación del reglamento por el presidente Bukele contraviene el artículo 52 de la LAIP porque las decisiones del IAIP "se toman por mayoría simple”, es decir al menos tres de los cinco comisionados.El director de la organización Acción Ciudadana (AC) sostuvo ante la Sala que la reforma presidencial al reglamento de la LAIP es "un exceso en la potestad reglamentaria del Presidente de la República” e "interfiere en la autonomía administrativa y organizacioinal del Instituto.También, sostiene que viola la reserva de ley, es decir, aquella materia que es potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa.El IAIP es una institución disputada por diferentes fuerzas porque es la institución pública encargada de dirimir si una información en poder de una institución estatal es reservada o debe entregarse al ciudadano solicitante. Las reformasEl presidente Nayib Bukele aprobó nuevas atribuciones para el presidente del IAIP, derogó la posibilidad de que una persona pueda impugnar candidatos a comisionados del Instituto y modificó las reglas para presentar apelaciones ante el IAIP.Las reformas fueron realizadas en el decreto ejecutivo 34 aprobado el 26 de agosto de 2020 y publicado en el Diario Oficial tomo 428 número 175 del lunes 31 de agosto de 2020.Sobre el IAIP, la Presidencia aún no informa el resultado de la elección de dos ternas de candidatos al IAIP.