Privados podrán nombrar a sus representantes en autónomas

Martes 15, Noviembre 2016 - 12:02 AM

En 2012, la Asamblea dio al Presidente la facultad de nombrar a los representantes del sector no gubernamental.

La Sala de lo Constitucional declaró hoy inconstitucional 19 decretos que la Asamblea Legislativa aprobó en agosto de 2012 para dejar en manos del Ejecutivo la elección de representantes del sector privado de 19 autónomas.En su sentencia, la Sala aclaró que los representantes de los consejos directivos de las autónomas continuarán en sus cargos hasta que venzan sus periodos correspondientes, para que las gremiales respectivas del sector privado elijan a sus representantes.El argumento de la Sala es que los decretos 81 al 99, fueron aprobados por la Asamblea Legislativa "con dispensa de trámite, sin que el pleno haya aducido razón alguna para justificar en la aprobación de los mismos”.La madrugada del 17 al 18 de agosto, la representación privada quedó en manos del Ejecutivo en las siguientes instituciones: Instituto de Formación Profesional, Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Banco de Desarrollo, Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador (Cifco), Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget), Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, Banco Central de Reserva de El Salvador, Fondo Social para la Vivienda, Fondo de Conservación Vial, Autoridad Marítimo Portuaria, Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, Corporación Salvadoreña de Turismo, Instituto Salvadoreño de Turismo, Aviación Civil, Consejo Salvadoreño del Café, Fondo Ambiental de El Salvador y Fondo Nacional de Vivienda Popular.La Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) celebró ayer la decisión.  Argumento de la sentencia de la sala Las 19 reformasLa noche del 17 de agosto de 2012 y la madrugada del siguiente día, la Asamblea, con votos de FMLN, GANA y CN, aprueba 19 reformas a leyes para modificar la forma de elección del miembro representante del sector privado correspondiente. Eran piezas de correspondencia. Pidieron dispensa de trámite. No fueron discutidasEn la versión taquigráfica de la sesión plenaria ordinaria 13, del 16 de agosto de 2012, señala que "no hubo margen temporal alguno entre los momentos que los 19 decretos impugnados fueron aprobados, denotándose ausencia completa de discusión parlamentaria sobre los mismos”. La constituciónEl artículo 135 de la Constitución indica que todo proyecto de ley debe ser discutido antes de su aprobación. No fue justificada la urgencia de la dispensa de trámite. La Sala determina que los miembros de los consejos directivos continuarán en sus cargos hasta que venza el periodo que corresponda. 4-7 MiembrosTienen los consejos directivos de las instituciones, de los cuales uno era nombrado por una gremial del sector privado.