Sala advierte a Gobierno que certificará de posibles delitos si impide ingreso a salvadoreños o residentes definitivos

Viernes 18, Septiembre 2020 - 4:50 PM
La Sala estableció que no se puede pedir una prueba covid-19 negativa a los salvadoreños y residentes fijos para ingresar al país. /DEM
La Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, advirtió al Gobierno que si niega el ingreso a salvadoreños o a extranjeros con residencia definitiva, por no presentar una prueba de covid-19 negativa , certificará a la Fiscalía General de la República de posibles delitos cometidos.Los magistrados advierten que una actitud de rechazo a la decisión adoptada en fecha 14 de septiembre, en la que suspende la exigencia de la prueba PCR negativa a covid para todo ciudadano salvadoreño o residente fijo que venga al país, acarrea responsabilidades constitucionales y legales. El máximo tribunal constitucional emitió un nuevo pronunciamiento en el proceso de amparo sobre los salvadoreños varados en el exterior, tramitado por un ciudadano en marzo pasado. El pasado miércoles, la Sala amplió su medida cautelar y resolvió que el Gobierno no puede pedir la prueba PCR de covid-19 negativo porque eso restringe el derechos constitucional de ingresar al territorio salvadoreño. Eso, luego que la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) notificara a las aerolíneas que los pasajeros debían presentar un certificado de la prueba, 72 horas antes del viaje. Sin embargo, ante la decisión de la Sala, el presidente de la República, Nayib Bukele, señaló que exigirían a las aerolíneas que pidieran el certificado de la prueba, firmado y sellado por un laboratorio a los viajeros con rumbo a El Salvador.Ayer, CEPA, Migración y el Ministerio de Salud se reunieron con las empresas de líneas a aéreas para explicar el requisito; hoy, la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA, por sus siglas en inglés) urgió este viernes al Gobierno salvadoreño a dar certeza al reinicio de operaciones del transporte aéreo, previsto para este sábado 19 de septiembre.

Salud sí puede establecer requisitos

La Sala Constitucional reitera que la suspensión ordenada no es incompatible con la facultad de la autoridad de salud para determinar requisitos sanitarios de ingreso al país, entre los que podrían encontrarse la prueba de Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR, por sus siglas en inglés).Lo que la resolución prohibe, dicen los magistrados, es que ninguna autoridad puede negar la entrada al territorio a los salvadoreños que a su arribo al Aeropuerto Internacional San Óscar Arnulfo Romero y Galdámez, o a cualquier otro punto autorizado de ingreso del exterior, no presenten la PCR que dé negativa a covid-19.La medida sanitaria propuesta por el gobierno a juicio de los jueces constitucionalistas supondría en la práctica, una prohibición de ingreso al país que, conforme con la Constitución solo sería válida en un régimen de excepción que no está vigente en el país. Los magistrados sostienen que la prohibición de exigir la prueba PCR negativa, no impide al Ministerio de Salud establecer requisitos sanitarios de ingreso al país.La Sala dice que se deben ponderar los derechos que están en juego −el derecho a la salud y el derecho a ingresar al país− y no sacrificar uno en aras del otro. Esas medidas impedirían la libre movilidad del salvadoreño que regrese al país con una prueba positiva al covid.19.