Sala de lo Constitucional avala voto por rostro para alcaldes
Miércoles 26, Febrero 2020 - 5:16 PM
Bukele veta voto por rostro de candidatos a alcaldesDebido a que el veto era por inconstitucionalidad (y no por inconveniencia, la otra modalidad que establece la ley), el decreto se remitió a la Sala de lo Constitucional.Al respecto, la Sala indicó no considera que se viole la igualdad de candidatos a alcalde y a concejales."La razón es que el término de comparación alegado por el presidente de la República no es idóneo, ya que las candidaturas para los cargos de alcalde, síndico y regidores en un concejo municipal tienen diferencias relevantes que impiden su equiparación”, señala la Sala.A juicio de la Sala, el decreto además es constitucional en cuanto a los gastos en que se incurrirá, pues al momento de firmar la resolución el presupuesto electoral aún no había sido enviado a la Asamblea Legislativa. Por ende, no es posible establecer si desequilibra el plan de gastos.LE PUEDE INTERESAR: Superan veto sobre voto por rostro en eleccionesEl presupuesto fue presentado esta tarde por el ministro de Hacienda, Nelson Fuentes, para estudio legislativo.Con esta resolución, la Sala ordena al presidente sancionar el decreto y mandarlo a su publicación al Diario Oficial para que se ejecute.PUEDE LEER: Hacienda pide a Asamblea $45 millones para elecciones de alcaldes y diputados de 2021
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia avaló este miércoles los argumentos del Órgano Legislativo para superar el veto que el presidente de la República, Nayib Bukele, sobre el voto por rostro para alcaldes.El mandatario salvadoreño vetó una reforma al Código Electoral que obligaba a colocar los rostros de los candidatos a alcaldes en las papeletas de votación para elegir concejos municipales el 20 de noviembre, pero los legisladores lo superaron el 5 de diciembre.El argumento de Presidencia era que al colocar la foto de los candidatos a alcaldes viola la igualdad del derecho al sufragio pasivo, es decir, a ser electo como candidato, ya que las decisiones se adoptan en un concejo dependen de "la votación igualitaria” de quienes los componen.LEA TAMBIÉN: