Competencia avala a Farmacéutica Rodim la compra de las marcas Alerfín, Clotén y Espasmofín

Sábado 28, Agosto 2021 - 1:35 PM

En total, la entidad avaló la adquisición de marcas y registros sanitarios de seis marcas propiedad de Procaps y dos de Biokemical.

La SC avaló a Prdoim la compra y cesión de marcas y registros sanitarios de los medicamentos Alerfín, Cetirizina, Clotén, Histaflam, Viruban y Espasmofin (de Procaps) y de Ansiokrol y Apetimás (de Biokemical).
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (SC) autorizó el viernes la solicitud de concentración económica presentada por la Farmacéutica Rodim, S.A. de C.V. para la adquisición de seis marcas y registros sanitarios de Procaps S.A. de C.V. y dos de Biokemical S.A. de C.V.La entidad destacó en un comunicado que la solicitud fue admitida a trámite el pasado 15 de enero y que consiste en la compra y cesión de marcas y registros sanitarios de los medicamentos Alerfín, Cetirizina, Clotén, Histaflam, Viruban y Espasmofin (de Procaps) y de Ansiokrol y Apetimás (de Biokemical). En su análisis, la SC requirió información a la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) y a diferentes agentes económicos que participan en la producción y distribución (mayorista y minorista) de fármacos para conocer información referente a la dinámica de ingresos, costos de producción, volúmenes de venta, precios, gastos publicitarios, entre otros.La SC determinó como mercados relevantes a los productos antigripales de venta libre, antihistaminicos sistémicos de venta libre (medicamentos para la alergia), antimicóticos dermatológicos tópicos de venta libre y sistémicos prescritos de fluconazol en forma sólida (medicamentos para hongos). La entidad destaca que no se encontró evidencia de ninguna afectación de tipo vertical a la competencia en los mercados en los que compiten estas marcas de medicamentos, es decir, que la transacción no ocasionaría, por ejemplo, restricciones para acceder a los tipos de medicamentos evaluados, ni para que otros laboratorios o droguerías competidoras puedan distribuir sus productos en farmacias.Por mandato legal, la SC es la instancia que debe analizar, de forma preventiva, las solicitudes de "concentración económica" que presente cualquier agente, en ejercicio de su libertad económica, siempre que estas cumplan con los criterios establecidos en la normativa de Competencia.