El Día de Los Difuntos es uno de los 11 asuetos nacionales remunerados en El Salvador, en el caso de que usted deba trabajar en estas fechas, debe recibir un pago extraordinario.
Según el Código de Trabajo vigente, esta fecha se debe pagar con el salario básico a pesar que las personas no laboren, pero -como se dijo anteriormente- en caso de laborar, el trabajador debe recibir una paga extra.
Desde ayer, el Ministerio de Trabajo a través de su titular, Rolando Castro, recordó que se trata de un día de descanso pagado.
«Trabajadores y empleadores debemos cumplir el mandato legal. Cualquier duda o información puedes hacerlo a través de nuestras redes sociales. Todos debemos construir cultura laboral y estar siempre apegados al estricto cumplimiento de la ley», escribió en sus redes sociales.
¿Cuáles son los 11 asuetos remunerados en El Salvador?
- 1 de enero de 2025: cayó jueves.
- Jueves, viernes y sábado de la Semana Santa: este año cae 2, 3 y 4 de abril.
- 1 de mayo por el Día del Trabajador: cae viernes
- 10 de mayo por el Día de la Madre: cae domingo
- 17 de junio por el Día del Padre: cae miércoles
- 6 de agosto por las fiestas patronales de San Salvador: cae jueves
- 15 de septiembre por el Día de Independencia: caerá martes
- 2 de noviembre por el Día de los Fieles Difuntos: caerá lunes
- 25 de diciembre por Navidad: será viernes
Es decir, que para este año 2026, solo hace falta un asueto y se trata del día de Navidad.
El artículo 178 del Código de Trabajo establece que “los días de asueto y de descanso semanal que quedaren comprendidos dentro del período de vacaciones, no prolongarán la duración de estas; pero las vacaciones no podrán iniciarse en tales días. Los descansos semanales compensatorios no podrán incluirse dentro del período de vacaciones”.
