Tres de cada 10 empleadas domésticas cuentan con prestaciones legales
Jueves 30, Enero 2020 - 12:02 AM
La afiliación voluntaria a seguridad social es un factor que limita la cobertura y el desarrollo del sector, indica el organismo.
El Salvador sigue siendo uno de los países en Latinoamérica con múltiples desafíos para brindar cobertura de seguridad social a los trabajadores del servicio doméstico, indicó Helmut Schwarzer, especialista de protección social de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).Hasta el 2017, según datos de la OIT, se estimaba que solo el 3.2 % de las personas que desempeñan este tipo de labores en el país contaban con estos servicios, que incluyen atención médica, prestaciones por desempleo, enfermedad o maternidad, así como el pago de pensiones. Esto significa que solo tres de cada 10 salvadoreños que se desempeñan en actividades domésticas cuentan con prestaciones legales.El organismo presentó su documento "Protección social del trabajo doméstico. Desafíos y opciones políticas”, citando datos de la Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples (EHPM) del año 2017, elaborada por la Dirección General de Estadística y Censos (Digestyc), señaló que hasta ese año había 125,002 personas en el rubro de servicios domésticos, de las cuales 5,343 estaban inscritas en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS). Según Schwarzer, representa el 1.4 % de personas que cotizan al ISSS.Los desafíos identificados por el estudio son hacer un régimen obligatorio para que dicho segmento poblacional pueda acceder a la seguridad social. Además, trabajar en cambiar el salario mínimo del sector y pensar en utilizar una afiliación multi patrono.Carmen Ramírez, representante de la asociación de empleadas domésticas SIMUTRES, indicó que el sector se ve afectado, ya que no pueden acceder a prestaciones legales ni a una pensión, "porque ganan un salario mínimo”.Hasta el momento, indicó Ramírez, "no se les reconoce la capacidad como persona”, ya que trabajan de "33 a 44 horas semanales y no se les incluye días festivos, días feriados ni días de asueto”.