Hoy fue aprobado el "Régimen Especial para incorporar a los Trabajadores Independientes o por Cuenta Propia”, por parte del consejo directivo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS). Ahora, la iniciativa será llevada al consejo de ministros para poderla ejecutar.

De ser aprobado, podrán acceder a los servicios médicos del ISSS aquellos trabajadores entre los 18 y los 60 años de edad, que ejerzan oficios o realicen una actividad económica, física o intelectual, sin depender de un patrono.

Según un estudio actuarial elaborado entre el ISSS y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el país se encuentra entre los niveles más bajo de cobertura en Latinoamérica. Por ello, el instituto ha considerado prioritaria la aplicación del Régimen Especial para incorporar a los Trabajadores Independientes o por Cuenta Propia.

Las personas sujetas a este régimen, que se inscriban de manera voluntaria, según su estado familiar al momento de su afiliación, se inscribirán bajo una de las siguientes modalidades: cobertura Individual (para aquel trabajador afiliado que no tenga beneficiarios) y cobertura familiar (para aquel trabajador afiliado y sus beneficiarios) que comprende las prestaciones de salud y económicas según lo establecido en la normativa que rige al Instituto.

Se ha establecido una cuota mensual de financiamiento la cual será de forma ininterrumpida y acorde a la modalidad que se optó al momento de afiliarse según estas opciones:

a) Cobertura individual, por la cual se cancelará la cantidad de $40.00 mensuales.

b) Cobertura familiar, por la cual se cancelará la cantidad de $56.00 mensuales.

Estas cuotas serán revisadas cada tres años, y ajustadas de acuerdo a la evolución de los costos de este régimen y la variación del monto del salario que equilibra el programa, que será calculado por el Departamento de Actuariado y Estadística del Instituto.

Los trabajadores que al momento de afiliarse lo hicieran en la modalidad de cobertura individual, pero posteriormente modificaran su estado familiar, podrán cambiarse a cobertura familiar, una vez comprueben ese cambio en el área correspondiente del Seguro Social.