Sitramss funciona desde noviembre del 2015 / DEM


La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha dado diez días para que la presidencia de la república explique los preceptos legales y actos concretos, por los que se determinó la segregación de carriles de una vía pública para el uso especial de Sitramss, el por qué se designó a un particular para la construcción de las obras necesarias para el funcionamiento y el por qué se designó a un particular para el uso de los carriles.

Además, la Sala pide explicar por qué se designó a particulares para construir terminales y luego, por qué se estipuló la construcción de las terminales en una vía pública.

Finalmente, la Sala pide a la presidencia explique los actos en los que decidan la implementación futura de un supuesto analógo “si lo hubiera”.

Los magistrados piden, además, a la Asamblea, explicar cómo los artículos 41 y 43 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LTTTSV) habilitan la segregación de carriles de la vía pública “con una sola decisión de una autoridad administrativa del ramo de transporte”.

También, la Sala desestimó la petición de medida cautelar de los demandantes, los empresarios del transporte colectivo, de suspender el servicio de Sitramss.