Benavides deberá esperar resolución de la Cámara primero de lo penal. / DEM


El juez cuarto de instrucción, Elmer Aristarco Chavarría, confirmó la condena de 30 años que este tribunal impuso en 1992 al coronel Guillermo Benavides por el asesinato de los sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras, en noviembre de 1989.

“Es que una vez derogada, o declarada inconstitucional, la ley de Amnistía en donde se señalaba que las cosas volvían al estado en que se encontraban antes de la vigencia de dicha ley, y habiendo sido beneficiado el coronel Benavides, vuelve la situación a su estado de prisión formal como condenado, y en consecuencia, a cumplir la pena de 30 años de prisión”, señaló el juez.

Sin embargo, el juzgador explicó que pondrán a disposición de la cámara primero de lo penal, el expediente del militar; dicha cámara deberá resolver un proceso de apelación que la defensa de Benavides presentó días antes que se aprobara y entrara en vigencia la ley de Amnistía, en 1993.

El recurso apela la condena de 30 años que el juzgado impuso al militar, en ese entonces.

“Si las cosas tienen que volver al estado en el que se encontraba, tendríamos que remitir el expediente a la cámara primero de lo penal para que ella decida sobre la situación o hagan un análisis del caso para que ellos definan la situación jurídica del coronel Guillermo Benavides. Darle trámite al recurso de apelación que estaba pendiente en esa época”, dijo Chavarría.

Sin embargo, para el abogado defensor de Benavides, Carlos Guzmán Segovia, el trabajo de la cámara no sólo será resolver la apelación, sino, antes deberá resolver si la derogación de la ley de Amnistía tendría efecto retroactivo sobre el sobreseimiento pronunciado en 1993 y que, benefició a Benavides.

“Para el caso en concreto del coronel Benavides, la declaratoria de inconstitucionalidad de la Sala de lo Constitucional, respecto a la ley de Amnistía y el efecto que puede tener el sobreseimiento que ya, la misma cámara le dio al coronel ¿tendrá efecto retroactivo? ¿La declaratoria de inconstitucionalidad puede tener efecto retroactivo o va prevalecer el sobreseimiento que la cámara le dio? esa es la discusión jurídica que vamos a tener en la cámara, una vez la cámara notifique”, dijo ayer, Guzmán Segovia a Diario El Mundo.

La Corte en pleno de la Corte Suprema de Justicia denegó la extradición de los militares al Reino de España, el pasado 16 de agosto.

Una semana después, el 24 de ese mismo mes, la Corte confirmaba la orden de libertad para tres de los militares capturados en febrero.

Sin embargo, fue hasta dos días después que los militares Ramiro Ávalos Vargas, Tomás Zarpate Castillo y Ángel Pérez Vásquez, recobraron su libertad, luego de estar detenidos desde el 5 de febrero en la Subdelegación de Tránsito Terrestre, de la Policía Nacional Civil.

Ellos fueron sobreseídos en el proceso penal en 1992.

 

 

1992 Condena

El juzgado cuarto de instrucción condenó a 30 años al coronel Benavides.