La Comisión de Relaciones Exteriores continuó ayer el estudio de una nueva ley de migración. / DEM


La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó artículos de la nueva ley de migración y extranjería que regularán los permisos de salidas para niños, niñas y adolescentes del territorio nacional.

Según el artículo 66 aprobado en comisión, la autorización de salida deben otorgarla las personas que tengan “la autoridad parental” y no únicamente “por quien tenga el cuidado personal y la representación legal o en virtud de una resolución judicial o administrativa”. El permiso de padre o madre o representante legal facultado será exigido, según lo acordado, también para la salida de un niño “extranjero residente en el país”.

El artículo 68 regulará cuáles niños, niñas y adolescentes “requieren permiso para salir del país”. Son tres categorías: los salvadoreños que residen en el país aunque ostenten doble o múltiple nacionalidad; los extranjeros con residencia temporal o definitiva, refugiados o apátridas; y los salvadoreños con pasaporte diplomático u oficial vigente.

Determinaron que un extranjero reside en el país cuando el tiempo de permanencia exceda un año desde su ingreso a El Salvador.

En el artículo 69, acordaron una exención de permiso para la salida de los menores a: extranjeros que ingresaron con calidad de no residente, extranjeros hijos de salvadoreños que no han inscrito su partida de nacimiento, salvadoreños que no residen en el país, extranjeros residentes que salgan definitivamente del país, o quienes porten pasaporte diplomático, oficial y de servicio vigente.

La diputada Karina Sosa, del FMLN, pidió eliminar la palabra “legal” de las disposiciones que había sugerido el Gobierno en el proyecto. “El legal o ilegal es una categoría que estigmatiza, y procuremos implementarlo para el resto del contenido”, afirmó. Legisladores de otros partidos asintieron.

 

 

Exigencias de permisos de padre o madre para salida de niños.

 

Requieren permisos

Los diputados acordaron que requerirán permisos los salvadoreños, aunque tengan otras nacionalidades, los extranjeros con residencia, y salvadoreños con pasaporte oficial o diplomático.

 

Exención de permisos

Permisos no serán necesarios para extranjeros que ingresaron como no residente, hijos de salvadoreños sin inscripción de partida o extranjeros que salgan definitivamente o con pasaporte oficial.