Los salvadoreños en el exterior pueden retirar sus ahorros de pensiones. / DEM


Los salvadoreños residentes en el exterior podrán solicitar la devolución de su saldo de ahorro de pensiones, sin tener que renunciar a la nacionalidad salvadoreña, siempre y cuando demuestren que tienen un estatus migratorio permanente. La Asamblea Legislativa aprobará este jueves la reforma.

El superintendente del sistema financiero, Gustavo Villatoro, aseguró la noche de este martes que la ventaja será que los salvadoreños no deberán renunciar a su ciudadanía.

“La situación que se ha presentado es que actualmente por una interpretación de la ley, para poder devolver los fondos que ha cotizado una persona le están requiriendo la renuncia a la nacionalidad y en eso consideramos que no es conveniente, eso lesiona derechos”, dijo la diputada por el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Yanci Urbina.

La reforma permitirá el retiro de los recursos por el periodo que haya cotizado y que no necesariamente cumpla los años exigidos para pensionarse.

Las personas que viven en el exterior que actualmente buscan la devolución son las que tienen doble nacionalidad y tienen que renunciar a la salvadoreña para poder recibir los fondos de su cuenta de ahorro. “Y se va a hacer una tabla para que las personas que tengan más tiempo puedan retirar primero los fondos pendientes que tengan con el sistema de pensiones”, dijo Rodrigo Ávila, del partido Alianza Republicana Nacionalista (ARENA).

La reforma fue acordada este martes en la comisión ad hoc de pensiones.

 
“Estamos estableciendo plazos. Y de eso se trata, de Que haya un mensaje claro que no se puede burocratizar un tema en casos de emergencia”: Francisco Merino, diputado PCN

 

Con enfermedades

La comisión ad hoc para el estudio de reformas integrales del sistema de pensiones emitió un dictamen favorable para agilizar los trámites de devolución de saldo del ahorro de pensiones a las personas con enfermedades graves y que están en etapa terminal, a través de una reforma al artículo 126-C de la Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones.

“Estaba regulado en el reglamento y reglamentariamente no se le estaba dando la urgencia necesaria, lo estamos elevando a la ley con plazos específicos para generar la obligatoriedad”, explicó Rodolfo Parker, diputado del Partido Demócrata Cristiano (PDC).

Aplicaría a personas con enfermedades en etapa terminal, es decir, con diagnóstico clínico con pocas posibilidades de recuperación, para quienes se busca agilizar el proceso de la devolución de su saldo. El plazo establecido sería 30 días después de presentada la solicitud de devolución, luego de etapas como la revisión de los expedientes, el establecimiento de la suma a entregar hasta la erogación respectiva, explicó Francisco Merino, del Partido de Concertación Nacional (PCN).