Los culpables que confiesen crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad podrían reducir a la quinta parte la totalidad de su pena, según el nuevo proyecto de Ley de Reconciliación para las víctimas del conflicto armado.
Tras meses de deliberación en privado, el equipo técnico de la Comisión Política de la Asamblea Legislativa terminó de elaborar el anteproyecto que concede beneficios penales, establece medidas de reparación obligatorias al Estado, sin asignar fondos específicos, y prohíbe condecorar a acusados de crímenes de guerra.
Este nuevo proyecto fue ordenado por el presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, quien recibió el respaldo de partidos políticos para elaborar un documento que hasta ahora no ha sido conocido por las víctimas de la guerra.
Tras dos prórrogas otorgadas por la Sala de lo Constitucional para legislar una Ley de Reconciliación, Reparación y Justicia Transicional; el punto más álgido de discusión ha sido la imposición de cárcel por delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra que, en la nueva propuesta, quedará a discreción del juez.
En su artículo 66, el proyecto establece que el juez "podrá reducir a la quinta parte la totalidad de las penas a imponer, previo haber escuchado a las víctimas, si la persona procesada cumple con cualquiera de las siguientes condiciones":
- Si reconoce expresamente su grado de participación sobre los hechos.
- Si pide perdón a las víctimas.
- Si colabora con el esclarecimiento de los hechos.
- Si ayuda a ubicar el paradero de las víctimas o el de sus restos y ayude a ubicar pruebas de los hechos.
En julio del 2016, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la Ley de Amnistía para la Consolidación de la Paz, de 1993, y pidió a la Asamblea Legislativa la redacción de una nueva Ley de Reconciliación Nacional, prohibiendo que se impida el acceso a la verdad, justicia y reparación de las víctimas del conflicto armado.
*Reparación y no repetición*
Para garantizar el apoyo a las víctimas de la guerra, la ley crea el Consejo Nacional de Reparación (Conrepara), entidad autónoma liderada por la Procuraduría General de la República (PGR) y acompañada por los ministerios de Hacienda, Salud, Educación y cuatro representantes de organizaciones defensoras de derechos humanos nombradas por el presidente de la República.
El Conrepara deberá diseñar una Política Nacional de Reparación Integral para las Víctimas del Conflicto Armado, programas de reparación, administrar un registro oficial de víctimas, vigilar políticas públicas que las afectan, y rendir informes sobre el estado de reparación a la Asamblea Legislativa.
El Registro Nacional de Víctimas se conformará con solicitudes de incorporación aprobadas por un comité evaluador "cuando sea posible por cualquier medio razonable corroborar las circunstancias" que otorguen la calidad de víctima.
Además, se incluirá el registro de víctimas del. Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA), así como las del decreto Ejecutivo 204. Además, se mantendrá el Régimen Especial de Registro Único de Víctimas de la Masacre de El Mozote.
Como garantías de no repetición, además, el Conrepara debe elaborar una prohibición de homenajes y retirar las distinciones honoríficas y nominación de instalaciones públicas hacia personas condenadas por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra.
Los fondos otorgados a víctimas como reparación, en tanto, serán incluidos de forma escalonada en el Presupuesto General de la Nación de parte del Ejecutivo; aportes extraordinarios que determine el Estado; y donaciones de cooperación internacional para tal fin. No se establece un monto específico para la indemnización.