La normativa pretende prevenir o detectar enriquecimientos sin causa o actos de corrupción cometidos por servidores públicos o sujetos obligados de la normativa.
La normativa sería aplicada a todos los servidores públicos, remunerados o ad honorem.
El borrador propone la creación de un “sistema interorgánico de probidad” conformado por la Corte de Cuentas, CSJ, Fiscalía General de la República, Dirección de Probidad, Tribunal de Ética Gubernamental, Instituto de Acceso a la Información Pública, tribunales de extinción de dominio y penales, y titulares de instituciones públicas, y coordinado por el presidente de la Corte de Cuentas.
“El presidente de la Corte de Cuentas procurará que la información obtenida por cada integrante del sistema en su área de competencia sea compartida con los demás miembros cuando dicha información sea de relevancia para éstos”, reza la propuesta.
La normativa crea la figura de oficial de enlace en cada institución, que informa sobre el inicio o cese de funciones de los sujetos obligados. La normativa plantea sanciones por declaraciones tardías, omisión de declaraciones y declaración incompleta, que pueden llegar a la inhabilitación del cargo.
Extinción de dominio
De acuerdo al borrador, un proceso de enriquecimiento sin causa tendría una etapa administrativa a cargo de la CSJ y otra jurisdiccional a cargo de los tribunales de segunda instancia de extinción de dominio. “La acción de enriquecimiento sin causa y de extinción de dominio en contra del sujeto obligado y de los bienes que no ha podido justificar su origen se ejercerá de manera conjunta en el proceso”, reza el inciso 1 del artículo 79 del borrador.
Así, según el borrador, la declaratoria judicial del enriquecimiento sin justa causa, generaría la extinción de dominio de sus bienes.
También prohíbe participar como ofertantes en los procesos de selección de contratistas en su institución.
Entre los sujetos obligados a presentar la declaración patrimonial y de intereses están el presidente, vicepresidente, secretarios, subsecretarios, comisionados, subcomisionados, diputados, magistrados, entre otros funcionarios.
El caso
24/04/1959
La Asamblea Legislativa aprueba la Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos. La ley actual permite a la CSJ ordenar juicio civil por enriquecimiento ilícito.
06/10/2015
La Corte Suprema de Justicia ordena por primera vez en la historia juicio civil por indicios de enriquecimiento ilícito contra un funcionario: el diputado Reynaldo López Cardoza, del PCN.
16/12/2015
La Asamblea, con 47 votos, aprueba una ley de probidad que quitaba la función a la CSJ de iniciar juicios civiles por enriquecimiento ilícito y delegaba a la Sala de lo Civil solo la función de dar aviso.