La votación por rostro, por ahora, solo es permitida para candidatos a diputados de Asamblea y Parlacen. / DEM


Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este miércoles, con 63 votos de todos los partidos, una reforma al Código Electoral para colocar obligatoriamente los rostros de los candidatos a alcaldes en las papeletas de votación a partir de las elecciones municipales del 28 de febrero de 2021.

La reforma, apoyada por todos los partidos, fue realizada a los artículos 185, 186 y 197 del Código Electoral que se referían a la marcación sobre la bandera del partido, para incluir que también el ciudadano podrá votar “sobre la fotografía del candidato a alcalde propuesto por los mismos”. La reforma al artículo 197 indica que en las elecciones municipales, además de la marcación sobre la bandera, “se podrá expresar marcando sobre la fotografía de la candidata o candidato a alcalde”. Pero la reforma al artículo 186 lo hace obligatorio: “deberá” contener nombre y fotografía del candidato a alcalde.

“Vamos en buen camino para una verdadera democracia, una bandera política no va a hacer la diferencia, pero una persona sí hace la diferencia, el trabajo lo hacen los seres humanos”, dijo Jorge Mazariego, del Partido Demócrata Cristiano (PDC).

El diputado Julio Fabián, de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), explicó que se podrá votar por la bandera del partido político así como por el rostro de los candidatos.

La reforma, si es sancionada por el presidente de la República, se aplicaría en 2021.

 

La reforma

Artículo 186

“Para las elecciones de concejos municipales, la papeleta deberá de contener nombre y fotografía del candidato a alcalde y debajo de esta la bandera del partido o coalición que representa”.