El Salvador podría estar irrespetando dos recomendaciones del Grupo de Acción Financiera del Caribe (Gafi) si una resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratifica la polémica reforma a la Ley Especial de Extinción de Dominio y de la Administración de Bienes de Origen o Destinación Ilícita.

Así lo aseguró una fuente de la Embajada de los Estados Unidos, que detalló que el irrespeto a las recomendaciones 3 y 38 del Gafi podría provocar que El Salvador cierre las puertas a préstamos internacionales.

La fuente de la oficina diplomática consideró que la Ley de Extinción de Dominio de El Salvador ha surtido muchos efectos en la desarticulación de carteles del crimen en el país y, si la instancia de la CSJ falla en su contra, estaría legalizando el patrimonio ilegal de 10 años. “La comunidad internacional no quiere ver una ley más débil”, señaló la fuente, quien aseveró que Honduras hizo una reforma similar, pero fue vetada por el presidente de ese país. “No es un estudio en donde no tienen con quién compararse”, afirmó, refiriéndose a las experiencias y la jurisprudencia que Guatemala y Honduras tienen con sus leyes de extinción de bienes respectivas.

La ley permite expropiar o extinguir bienes a personas que hayan obtenido riquezas ilícitamente mediante un proceso especial, que es independiente del proceso penal que enfrenten los señalados.

La Sala estudia, a petición del fiscal general, la constitucionalidad de una reforma, que desactiva algunas disposiciones de la ley, aprobada el 18 de julio de 2018 por FMLN, GANA, Carolina Rodríguez (ARENA), Reynaldo López Cardoza (PCN) y Francisco Merino. Existen otras demandas contra la ley presentadas por abogados particulares.

La ley fue elaborada a partir del modelo del proyecto de las Naciones Unidas con asesoría estadounidense.

La fuente sostuvo que la extinción de propiedades que regula la ley no puede considerarse como confiscación de la propiedad privada, ya que el artículo 103 de la Constitución de la República protege los bienes lícitos cuando dice: “Se reconoce y garantiza el derecho a la propiedad privada en función social”.

De la Constitución de la República de El Salvador:




En Honduras

El pasado 2 de abril de 2018, el presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, vetó un decreto aprobado el 20 de marzo por el Congreso de Honduras.

El decreto 30-2018 reformaba 17 artículos de la Ley sobre Privación Definitiva de Bienes de Origen Ilícito. De acuerdo al veto, la reforma eliminaba la independencia de la extinción de dominio respecto a la responsabilidad penal.

Otro argumento en Honduras, para vetar las reformas, fue la posible recalificación de Honduras por el Gafi. “Llevaría al país automáticamente a ser considerado como un país no cooperante o país de mayor riesgo en el combate al lavado de activos”, indica el veto, que recuerda que en 2009 Honduras entró en la lista gris y que las financieras internacionales (BID, BM, FMI) son observadores permanentes de los procesos de evaluación del Gafi.

 

Condiciones del Gafi a países:

 

Recomendación 3

Sobre lavado

Dentro de la recomendación, indica que no debe ser necesario que una persona sea condenada para determinar que esos bienes “son activos del crimen”.



Recomendación 38

Sobre decomiso

Deben asegurar contar con la autoridad para identificar, congelar, embargar y decomisar bienes lavados de delitos determinantes o bienes de valor equivalente, sin la base de una condena.