Preguntas a candidatos a magistrados incluyeron opinión de cláusulas pétreas.


Abierto a modificar las cláusulas pétreas de la Constitución de la República se definió el diputado de la Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), Guillermo Gallegos, quien incluso estaría dispuesto a revisar la reelección en la presidencia de la República.

La posibilidad de cambiar los artículos fue mencionada en una de las interrogantes de diputados de Nuevas Ideas durante la primera ronda de entrevistas a candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia realizada el lunes.

El artículo 248 de la Constitución de la República establece el procedimiento para avalar reformas a la Carta Magna y cuáles artículos no podrán ser objeto de reformas.
“Otros países, democracias más fuertes como Estados Unidos la tienen por una sola vez, hayotros países que la han incorporado (reelección)”. Guillermo Gallegos, diputado de Gana

Apoya reelección.


No podrán reformarse “en ningún caso” los artículos que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

“Creo que como país y como salvadoreños no podemos cerrarnos a la posibilidad de poder reformar en algún momento las cláusulas pétreas, principalmente lo que se refiere a la reelección presidencial”, dijo Gallegos.
“Toda reforma constitucional debe ser ampliamente consultada con los sectores, con los actores, hasta que no haya otra forma de decisión”. Anabel Belloso, diputada del FMLN

Agregó que se pueden usar mecanismos como una constituyente, un referéndum o resoluciones de la Sala de lo Constitucional. “Pero personalmente yo no estoy cerrado ante esa posibilidad”, afirmó.

 

Revisar agenda.


La diputada del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Anabel Belloso, espera que las preguntas no tengan como trasfondo una agenda de hacer reformas o una constituyente. “Que se discuta, que se analice, qué es lo que la población quiere, pide y se debe de priorizar desde los espacios de toma de decisión como la Asamblea”, dijo.
“Posiblemente lo que esté haciendo la comisión política no es ilegal...Pero para mí el proceso que se está siguiendo me anticipo a que no dará los mejores resultados”. Johnny Wright, diputado de Nuestro Tiempo

Elección directa.


Cambiar la elección de funcionarios de segundo grado, con la posibilidad de que no sea la Asamblea la que elija a magistrados sino por voto directo es otra interrogante lanzada. “Hoy por hoy, no creo que sea de inmediato, estamos enfocados en un proceso, más adelante se puede estudiar todo este tipo de situaciones”, dijo Gallegos.

El diputado Johnny Wright, de Nuestro Tiempo, opinó que se debe conservar la modalidad de elección indirecta. “No creo que porque el legislador haya fallado en estos procesos históricamente es que debemos abrir a que sea por voto directo”, expuso.

A los aspirantes a magistrados se le preguntó su opinión sobre la “sustitución” de magistrados el 1 de mayo. Para Belloso, podría ser una pregunta “maliciosa” porque podría descalificar a quienes se expresen en contra.

Wright consideró que las entrevistas a candidatos no fueron rigurosas. “Trampa o adelantar criterio y ciertamente alejado a cualquier metodología para evaluar bien”. Dijo que solo el candidato Francisco Díaz reconoció que no sería elegido por su independencia.

 

Cláusulas pétreas Carta Magna


No podrán reformarse en ningún caso los artículos de la Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en la Presidencia de la República.

 

  1. 84. Territorio de la república


El territorio de la república sobre el cual El Salvador ejerce jurisdicción y soberanía es irreductible y establece los límites.

 

  1. 85. Sistema de gobierno


El Gobierno es republicano, democrático y representativo. El sistema político es pluralista y se expresa por los partidos.

 

  1. 88. Alternancia


La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político.

 

También, el artículo 88 de la Constitución agrega que la violación a la alternancia en la Presidencia obliga a la insurreción que dicta el artículo 87.