Mientras crece la amenaza sanitaria y económica por la pandemia de COVID-19, el Gobierno pide a la Asamblea Legislativa una nueva reforma al Banco de Desarrollo de El Salvador (Bandesal) para incrementar la capacidad de financiamiento del 50 % hacia el 80 % a un solo proyecto.

En su artículo 51, el Gobierno pide a los diputados que incluyan, en la Ley del Sistema Financiero para el Fomento al Desarrollo, el financiamiento de situaciones de emergencia, como la reactivación de un determinado sector económico, además de créditos para cultivos y atención de sectores económicos tradicionalmente excluidos.

El Gobierno solicita modificar el límite del patrimonio neto de las reservas de Bandesal para financiar un solo proyecto, del 10 % actual a un 15 %. También, en su artículo 60, piden que el valor de utilidades destinado a la reserva legal se disponga “en el momento que su condición financiera lo demande”.

La reforma solicitada plantea el uso de hasta el 50 % de las utilidades para programas de créditos con condiciones especiales para proyectos de salud, educación, arte, cultura y deporte, que deberán ser aprobados por la junta directiva.

Desde su fundación hace 26 años, Bandesal ha canalizado más de $3,800 millones en créditos productivos frente a los $13,162 millones de la banca privada solo en 2019.

La iniciativa presentada la semana pasada pasó a estudio de la Comisión Financiera de la Asamblea Legislativa.

 

Algunos de los principales cambios en la Ley de Bandesal

 

¿Cómo avanza el proyecto de ley?

 

El Gobierno entregó el anteproyecto el 25 de marzo, pero aún no está en estudio en la Comisión Financiera. Los grupos parlamentarios lo estudian por separado.

 

Amplían financiamiento

Hasta ahora, el banco solo puede dar créditos por el 50 % del financiamiento total requerido del proyecto, y el Gobierno pide que este techo llegue al 80 % en la nueva ley. Además, piden que los montos máximos de financiamiento directo sean por hasta el 15 % del patrimonio neto de reservas del Banco, actualmente es del 10 %.

 

Proyectos de desarrollo

Los créditos directos, antes destinados para proyectos de inversión, serán también para desarrollo económico o social. Los créditos de segundo piso, canalizados a través de instituciones aliadas, pasan a ser créditos productivos y de desarrollo que sean sostenibles para asegurar el pago del préstamo.

 

Financiará al Estado

Se mantiene prohibición para financiar directamente al Estado, a excepción de otorgar créditos y garantías a instituciones oficiales o públicas de crédito, autónomas, y se agregan las sociedades de economía mixta (SEM) y asocios público privados (APP). El saldo de cartera de proyectos de instituciones públicas no puede superar el 15 % de de cartera de crédito, y el 20 % en caso de APP y SEM.

 

Capacidad de fondeo

Se retira la disposición para que el banco no pueda realizar operaciones por más del 10 % de su patrimonio neto de reservas en proyectos para el mismo sujeto o grupo económico, ampliando su capacidad de financiamiento a una sola entidad. Además, el banco podrá establecer líneas especiales con tasas de interés preferencial para instituciones financieras y de crédito estatales y al Banco Hipotecario.

 

Control y utilidades

Ahora se especifica que la Asamblea de Gobernadores nombrará un auditor externo y un auditor fiscal para Bandesal, que emitirán dictamen sobre la situación financiera y obligaciones tributarias. Siempre se especifica que el 15 % de las utilidades va hacia la reserva legal, sin embargo, lo condiciona a la demanda financiera.

 

¿Cómo opera Bandesal?
Bandesal otorga créditos directos y de segundo a través de instituciones bancarias, para garantizar créditos productivos con mejores condiciones para la micro, pequeña, mediana y gran empresa. Opera, además, dos fondos: el Fondo de Desarrollo Económico (FDE) y el Fondo Salvadoreño de Garantías (FSG). Con la reforma, Bandesal podrá operar fondos de cualquier tipo, siempre que cumpla regulación.