Asamblea aprobó reformas a la Ley por una vida libre de violencia.


Las penas máximas de prisión por los delitos de difusión ilegal de información que dañe la intimidad personal y familiar de la mujer y la difusión de pornografía con la imagen real o simulada de la mujer aumentan hasta a 5 y 10 años, luego de la reforma aprobada este martes por la Asamblea Legislativa.

El dictamen de la Comisión de la Mujer e Igualdad de Género fue aprobado con 78 votos incluida la oposición.

La reforma a los artículos 50 y 51 de la Ley Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV) amplía la difusión a cualquier forma de comunicación, el uso de redes sociales, servicios de mensajería, correos electrónicos o cualquier otros medios, incluidas las tecnologías de la información y comunicación.
Compartimos las reformas, ya que la difusión de información personal y de fotografías íntimas, se está dando como un fenómeno”. Claudia Ortiz, diputada de Vamos

Más penas.


El delito de difusión ilegal de información personal que dañe el honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen de la mujer, sin su consentimiento, pasará a una pena de prisión en el rango de 3 a 5 años. Actualmente, las penas oscilan entre 1 y 3 años.

La reforma al artículo 50 incluye agregar la palabra “de prisión” . “Encontrábamos un vacío, ya que no se estipulaba qué tipo de pena era la que se debía dar en caso de un delito, por eso fue que se decidió agregar la pena de prisión”, dijo la diputada de Nuevas Ideas Lorena Fuentes. “Estamos subsanando un vacío legal que nos habían dejado”, dijo Ivonne Hernández.
Las leyes no pueden ser estáticas, ya que los tiempos son cambiantes y las leyes deben ir cambiando y en la LEIV encontrábamos un vacío”. Lorena Fuentes, diputada de Nuevas Ideas

Pornografía.


La reforma al artículo 51 sube el rango de pena de cárcel a la difusión de pornografía, pasando de 4 a 8 años que tiene actualmente un rango de 5 a 10 años de prisión.

Esto aplicará para quien publique, comparta, envíe, distribuya o exhiba material pornográfico utilizando recursos informáticos, electrónicos, redes sociales, tecnologías de la información y la comunicación o cualquier otro medio en el que se utilice la imagen o identidad de la mujer, real o simulada, sin su consentimiento.

Agrega el agravante que, cuando ese material, se produzca u obtenga aprovechándose de una relación sentimental, de poder o de confianza, la sanción se incrementará en dos terceras partes de la pena máxima. La diputada de Vamos Claudia Ortiz apoyó la reforma pero exhortó a agregar otras sobre la violencia obstétrica, el acoso callejero, el acoso en el transporte colectivo y la violencia política.