[caption id="attachment_624648" align="aligncenter" width="627"] El Instituto determinó que Probidad no tiene facultad. /DEM[/caption]

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) determinó que la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia no tiene la facultad de exigir a los funcionarios una actualización del estado de su patrimonio, mientras estén en funciones.

La conclusión del IAIP se determinó tomando como pruebas las declaraciones que el jefe de Probidad, Carlos Pineda, ante los comisionados el 21 de octubre del 2015, cuando expuso que durante su jefatura solo ha recomendado hacer actualizaciones de patrimonio, porque la ley no le da la facultad para pedirlas. Pineda dijo, ese día, que existen magistrados que realizan actualizaciones.

En la resolución, los comisionados del IAIP recomiendan a la Corte promover las actualizaciones de las declaraciones patrimoniales, por iniciativa propia, especialmente a aquellos funcionarios de alto nivel electos o nombrados para periodos largos.

El Instituto también recomienda a la CSJ que en un plazo “razonable” dicte reglamentos o instructivos para mejorar el cumplimiento de la Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, mientras resuelve una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Probidad.

A criterio de los comisionados, la actualización de las declaraciones abonaría a la existencia de un método de verificación de su contenido, que asegure más transparencia y ayude a detectar indicios de enriquecimiento ilícito antes de cesar los cargos.

La resolución fue dictada luego que el abogado Herberth Vega solicitara la declaración patrimonial actualizada del magistrado Rodolfo González; los comisionados declararon inexistente la información.

10,102 expedientes

recibió Probidad en 2015; de éstos, 8,132 son declaraciones patrimoniales y el resto informaciones adicionales.