La Asamblea Legislativa aprobó ayer con 75 votos siete reformas a la Ley contra la Usura, entre las cua-les se impone una multa a entes financieros que no informen de sus créditos y sus tasas de interés, y que faculta al Banco Central de Reserva (BCR) a excluir ciertos datos para determinar los máximos en las tasas de interés permitidas para los créditos.
La ley antiusura regula los máximos permitidos en tasas de interés, intentando evitar la usura. El mecanismo consiste en calcular el promedio simple de las tasas reportadas por todas las instituciones que se dedican a dar créditos.
Actualmente, la ley impone una multa de “cinco veces el monto del crédito inicial otorgado” al deudor que no reintegre intereses cobrados indebidamente. La reforma plantea, además, una multa de “hasta 50 salarios mínimos” ($12,585) “a los acreedores supervisados o no supervisados” que “no remitan la información de su actividad crediticia o ésta sea inexacta conforme a las normas técnicas” y manuales del BCR. La reforma, además, faculta al BCR para que pueda excluir del cálculo la información que no cumpla lo establecido en la ley y autoriza que los reportes de tasas de interés sean de diciembre a mayo y de junio a diciembre, y no semestrales.
Cálculo de tasas máximas
Ley actual
El Banco Central de Reserva puede emitir las normas para establecer qué información deben dar los deudores sobre las tasas de interés que cobran en sus programas de créditos.
Exclusiones
El nuevo artículo tiene un agregado: “Se faculta al Banco Central de Reserva para que pueda excluir del cálculo la información que no cumpla con lo establecido en la ley, normas y manuales”.
142.2 % Tasa máxima para microempresa
Para préstamos de hasta $3,020.40 hacia microempresas de subsistencia vigente hasta julio de 2016 según el BCR.
12.64 % Tasa máxima vivienda
Para compra y construcción de vivienda entre $5,789.11 y $28,190.40. Éste es el límite máximo menor hasta julio de 2016.