El ministro de Salud, Francisco Alabí, emitió un nuevo decreto ejecutivo, en este caso número 26, que regula los días de compras de los salvadoreños para poder cumplir con una cuarentena domiciliar con el fin de evitar contagios por COVID-19.

El nuevo decreto estará vigente hasta el 6 de junio de acuerdo a declaraciones brindadas este martes por el secretario jurídico de la Presidencia de la República, Conan Castro.

El decreto regula los nuevos días para que los salvadoreños puedan salir a comprar alimentos y medicinas, informó la cuenta @PresidenciaSV.

Sin embargo, el secretario jurídico aclaró ayer que los salvadoreños pueden salir a comprar las medicinas “aunque no le corresponda por su número de Documento Único de Identidad (DUI)”.

Si su documento termina en 0, 1 o 2, podrá salir a comprar los días sábado 23 de mayo, miércoles 27 de mayo, domingo 31 de mayo y jueves 4 de junio.

Si su documento termina en 3 o 4, podrá salir a comprar los días miércoles 20 de mayo, domingo 24 de mayo, jueves 28 de mayo, lunes 1 de junio y viernes 5 de junio.

Si su documento termina en 5 o 6, podrá salir a comprar los días jueves 21 de mayo, lunes 25 de mayo, viernes 29 de mayo y martes 2 de junio.

Si su documento termina en 7, 8 o 9, podrá salir a comprar los días viernes 22 de mayo, martes 26 de mayo, sábado 30 de mayo y miércoles 3 de junio.

 

¿Detenciones?

De acuerdo al secretario jurídico, las personas que violen la cuarentena domiciliar serían llevadas a aislamiento o cuarentena obligatoria durante 15 días después de una evaluación por un médico.

Sin embargo, la redacción de esta disposición aún se desconoce, ya que el Diario Oficial no había publicado su contenido hasta ayer.

Una de las disposiciones cuestionadas por la Sala de lo Constitucional de los anteriores decretos ejecutivos era la aprobación de la detención de una persona como forma de castigo por la violación a la cuarentena domiciliar.

Sin transporte

El decreto prohíbe el transporte público y mantiene la obligación de las empresas privadas de proporcionar transporte a sus empleados, de acuerdo al secretario jurídico.

El secretario informó que las personas que tienen alguna emergencia y no disponen de vehículo pueden llamar al número 2121-4010 para solicitar transporte gratuito.

Según el funcionario la normativa ejecutiva prohíbe la movilización entre municipios, excepto cuando su municipio carezca de mercado o supermercado.

Castro sostuvo que las personas pueden salir en casos de emergencia por enfermedad de ojos y boca; o por enfermedad de una mascota.

Anoche, el contenido del decreto de Salud 26 aún no había sido divulgado, ni en redes sociales ni en el sitio de Imprenta Nacional.

De acuerdo al Gobierno, la aprobación del nuevo decreto se basó en el artículo 136 del Código de Salud, que indica que “las personas que padezcan de enfermedades sujetas a declaración obligatoria o que sean cuarentenables, así como aquellas que, aún sin presentar manifestaciones clínicas de ellas, alberguen o diseminen sus gérmenes o hayan sido expuestas a su contagio, podrán ser sometidas a aislamiento, cuarentena; observación o vigilancia, por el tiempo y en la forma que lo determine el Ministerio, de acuerdo con los respectivos reglamentos”.

El decreto anterior que regulaba las mismas medidas partía, a diferencia del anunciado ayer, de la Ley de regulación para el aislamiento, cuarentena, observación y vigilancia por COVID-19, que perdió vigencia ayer.