Parte de la tarifa de la revisión será para el fondo de actividades especiales del VMT.


Todos los vehículos automotores que deban matricularse, reincorporarse al Registro Público de Vehículos Automotores o simplemente circular sobre las vías del país, deberán someterse a una revisión técnica vehicular (RTV) en los sistemas del vehículo, emisiones contaminantes y lo concerniente a los dispositivos de seguridad.

Las revisiones vehiculares son parte de la propuesta de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial presentadas por el gobierno a la Asamblea Legislativa.

El artículo 14 actual de la ley dice: “Todos los vehículos automotores deberán someterse periódicamente a las revisiones mecánicas correspondientes, las que se llevarán a cabo en los sitios y talleres autorizados y especificados previamente por el Viceministerio de Transporte”.

La reforma incluye más disposiciones sobre la implementación de las RTV.

 

Centros de revisión.


La reforma propuesta establece que se autorizará la circulación solo a los vehículos que cumplan las condiciones mencionadas y las pruebas estarán a cargo de los Centros de Revisión Técnica Vehicular, que entregarán una tarjeta de la inspección efectuada, así como una calcomanía adhesiva de aprobación.

La autorización de funcionamiento de los centros estará a cargo de la Dirección General de Tránsito del Viceministerio de Transporte, la cual se otorgará luego de realizar el procedimiento de licitación y tendrá una vigencia de 10 años.

 

Periodicidad.


El documento de la iniciativa de reforma que fue presentado a la Asamblea señala que las revisiones vehiculares deberán realizarse cada seis meses para los vehículos dedicados al transporte colectivo de pasajeros, al igual que el transporte de carga pesada.

Mientras que los vehículos cuyo año de modelo sea igual o inferior a cinco años deberán hacerlo cada dos años y una vez al año los vehículos cuyo modelo sea superior a los cinco años de fabricación.