Explicó el mecanismo: la Presidencia recibe fondos para determinados fines y los traslada, en este caso con autorización del Ministerio de Hacienda, a la partida de gastos reservados, un nuevo fin distinto al autorizado inicialmente en el presupuesto.
Señaló que se trata de un mecanismo que ha estado fuera del ojo público, aunque sostuvo que no es ilegal, debido a que si ocurren dentro de la Presidencia no necesitan votos de la Asamblea Legislativa y, si se dan en remuneraciones, requieren el aval del Ministerio de Hacienda.
Desde el punto de vista de la técnica contable, el director de la Alac vio dos posibles razones para explicar estos traslados: saldos rojos en la partida de gastos reservados al final de 2018 o gastos pendientes. El primer escenario supone que la Presidencia gastó más de su presupuesto y, al final del año, hizo las modificaciones para ajustarlo. En este caso, ve posible ilegalidad si acaso hubo gastos sin autorización previa.
Un segundo escenario que los acuerdos obedecieron a gastos pendientes de ejecución al final del año.
Sostiene que en este tema es importante que todos estos movimientos presupuestarios sean justificados, ya que todos los fondos tienen objetivos específicos en el presupuesto y, si no se gasta para el objetivo establecido, tendría que haber una justificación.
Así, López afirmó que debería haber una fundamentación para cada modificación presupuestaria. “Las decisiones tienen que estar fundamentadas. Para que se autoricen debe haber una justificación y esa justificación tendría que estar en ese acuerdo”, afirmó.